Nombramiento de notarios suplentes
SEÑOR DIRECTOR
En relación al reportaje "El puerta a puerta de los notarios en el Congreso", publicado el domingo, estimamos necesario aclarar que el nombramiento como notario suplente de Coquimbo, de un exasesor del ministro de Justicia y Derechos Humanos, no fue una designación realizada por esta Secretaría de Estado.
En efecto, los notarios suplentes que reemplazan al titular que se ausenta, son nombrados por el presidente de la Corte de Apelaciones respectiva, o por el juez de letras de turno, en los lugares que no sean asiento de Corte, pudiendo el titular reemplazado proponer la persona del reemplazante.
Sin perjucio de no haber tenido injerencia en la designación que motiva esta carta, la opinión del ministro de Justicia y Derechos Humanos, y del subsecretario que suscribe, es absolutamete contraria a que personas que han ejercido funciones de asesores se desempeñen como notarios posteriormente, aun sea un reemplazo.
Por lo mismo es que uno de los ejes principales de la reforma que estamos impulsando modifica el sistema de nombramiento de los notarios, entre muchos otros aspectos relacionados a la actual falta de transparencia, rendición de cuentas y fiscalización.
Juan José Ossa
Subsecretario de Justicia
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