Opinión

Poder Judicial y fallo de la Corte Interamericana de DD.HH.

SEÑOR DIRECTOR:

El juez de garantía que alegó competencia sobre el “caso conscriptos” habría recordado en su decisión el caso Palamara, de la CIDH, que obligó a Chile a reformar su sistema de justicia militar. Frente a eso, y sin referirnos al fondo del asunto, conviene recordar también que las adecuaciones ordenadas por la C IDH deben hacerse siguiendo los mecanismos dispuestos en nuestra Constitución (es decir, reforma legal), pues ni la CIDH tiene el poder de derogar leyes nacionales mediante sus fallos -aunque ésta así lo quisiera- ni los tribunales nacionales pueden arrogarse funciones que no les concede el ordenamiento nacional -como dejar sin aplicar la legislación vigente.

Álvaro Paúl Díaz

Profesor Derechos Internacional y DD.HH., UC

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