Servel: daño y responsabilidad


Por Danielle Zaror, doctora en Derecho, CEDI - U. de Chile

Hace unos días se hizo público un grave incidente de seguridad que afectó a la información que está en poder del Servel; una base de datos con información sujeta a reserva estuvo disponible para su descarga. La base datos contenía de manera inédita no solo los datos relativos al padrón electoral, sino que además otros atributos, como la pertenencia a un partido político, así como al hecho de haber ido a votar o no.

Lo ocurrido compromete de manera incontrarrestable la confianza en el organismo y, como reconoce el presidente del consejo directivo, Andrés Tagle, “es la vulneración de datos más grave de la historia del Servel”. Pero, ¿por qué es tan grave?

El Servel tiene la obligación legal de mantener y poner a disposición de la ciudadanía el padrón electoral, que es una base de datos con todas las personas habilitadas para sufragar, para que se sepa con antelación cuántos y quiénes son las personas que pueden participar de las elecciones de un país. Además del padrón, este organismo complementó dicha base de datos agregando atributos que solo deben ser conocidos por el Servel como resultado de la participación en la respectiva elección.

Este incidente de seguridad, por una falla o falta de procesos de control, ha dado como resultado que en la práctica el voto haya dejado total y parcialmente de ser secreto, pues se sabe qué votó aquel ciudadano que adscribe a un partido político y, en términos de probabilidades, estamos muy cerca de saber qué votaron los que no militan; esto, en atención al gran número de atributos que el acto eleccionario dejar ver. De manera que el develamiento del voto y el perfilamiento del votante son efectos directos del quiebre de seguridad de este organismo.

Como se explica en probabilidades, en la ley de los grandes números, el promedio de una gran muestra al azar de la población tenderá a estar en la media de la población completa.

El Servel se excusa señalando que el acto de votar no es secreto, pues puede ser contrastado por apoderados contra el padrón de la mesa que fiscalizan; sin embargo, omite explicar que no es lo mismo saber que una sola persona fue a votar versus el alcance que tiene una constatación a través de un tratamiento automatizado del padrón completo.

La información que entrega el acto de votar de todo el padrón electoral produce ese efecto, revela el secreto del voto y en otros casos lo murmura fuerte.

Las consecuencias de esta revelación en las elecciones están por verse; es difícil hacer una predicción en concreto, pero en abstracto, la vulneración permite predecir su impacto en algunos grupos más que en otros.

Mientras tanto, sería oportuno que comencemos a hablar de ejecución de las responsabilidades. La ley sobre inscripciones electorales y el servicio electoral señalan en su Art. 65 que el cargo de consejero cesa por infracción grave a la Constitución y a las leyes, y que el cargo de director del Servicio cesa por incumplimiento grave de sus obligaciones. Lo ocurrido fue grave, y así mismo lo calificaron sus autoridades; ahora toca hacerse responsables.

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