Comisión de Ética de la Convención establece definición de “negacionismo” y la aplicación de sanciones

De ratificarse la norma en el pleno del órgano constituyente, se espera establecer en detalle las sanciones para quienes incumplan la norma.


La Comisión de Ética de la Convención Constitucional estableció una definición del “negacionismo” y aprobó una norma que los sanciona y prohíbe.

Según explicó a CNN Chile el convencional constituyente Marcos Barraza (PC), este término apunta a tres períodos históricos en particular: la dictadura de 1973 a 1990, los hechos producidos en el contexto del estallido social de 2019 y “las violaciones a los Derechos Humanos de los Pueblos Originarios”.

Así, se entenderá por negacionismo “toda acción u omisión que justifique, niegue o minimice, haga apología o glorifique los delitos de lesa humanidad ocurridos en Chile entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, y las violaciones a los Derechos Humanos ocurridas en el contexto del estallido social de octubre de 2019 y con posterioridad a este”.

Asimismo, se incluirán “el genocidio cultural de las que han sido víctima los Pueblos Originarios y el pueblo tribal afrodescendiente a través de la historia, durante la colonización europea y a partir de la constitución del Estado de Chile”.

De ratificarse la norma en el pleno de la Convención Constituyente, se espera establecer en detalle las sanciones para quienes incumplan la norma.

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