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Contabilización de las criptomonedas

Por Marek Borowski. Si existen instituciones que las adquieren para obtener ganancias de las fluctuaciones de sus valores de mercado, entonces deberían poder reconocer las ganancias en el estado de resultado.

MAREK BOROWSKI

Las criptomonedas ganan cada vez más importancia en el mundo y, ante su creciente uso, cabe preguntarse ¿cómo se debería contabilizar una inversión en criptomonedas? La respuesta intuitiva es que debido a que se llaman "monedas" y sirven para pagar bienes y servicios, actúan como efectivo o efectivo equivalente. Las IFRS no definen exactamente qué es "efectivo", salvo mencionar que es "un medio de cambio". Ninguna de las criptomonedas está legalmente definida por un banco central de ningun país como una moneda y tampoco existe obligación en ellos de aceptarlas como un medio de pago por los vendedores de bienes y servicios. Así, hasta ahora no parece posible reconocerlas como una divisa en los estados financieros.

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Sin embargo, esta situación podría cambiar. En abril de 2017, Japón reconoció al bitcoin como un medio de pago, pero no como una moneda, sino que como un activo. También permitió recibir bitcoins como medio de pago por bienes y servicios. De este modo, a medida que más países vayan regulando el estatus de las criptomedas es posible que puedan ser reconocidas contablemente como divisas. Teóricamente esto podría llevar a que algunas empresas a futuro la tengan como una alternativa para mostrar en sus estados financieros.

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Entonces, si las criptomonedas no son efectivo, ¿podrían ser clasificadas como efectivo equivalente o un activo financiero distinto que el efectivo? La respuesta es no. Su valor fluctúa demasiado como para poder ser reconocida como efectivo equivalente. Por otro lado, tener una criptomoneda no da derecho contractual a recibir ningún flujo y, por lo tanto, tampoco cumple con la definición de activo financiero. En este sentido, esto da la opción de contabilizar las criptomonedas como existencias, en caso de que su compra-venta sea la actividad normal de una empresa o como intangible en otros casos. En consecuencia, podrían valorizarse al costo de compra, o de acuerdo al valor del mercado a cada fecha de balance, pero reconociendo los aumentos del valor del mercado sobre el costo de adquisición en patrimonio y no en el estado de resultado.

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Esto no parece ser una contabilización consistente con el uso económico de las criptomonedas. Si existen instituciones que las adquieren para obtener ganancias de las fluctuaciones de sus valores de mercado, entonces deberían poder reconocer las ganancias en el estado de resultado. Sin embargo, esto no es posible de acuerdo con las reglas IFRS.

En diciembre de 2016, el Foro Asesor de Normas Contables (ASAF) reconoció que hay una falta de regulación contable que refleje las características de criptomonedas, y recomendó que el IASB (el organismo que regula IFRS) monitoree el desarrollo de estos activos, pero sin fijar la fecha de inicio al desarrollar una nueva normativa. Lamentablemente, hasta que el IASB no se pronuncie sobre este tema, la contabilización de criptomonedas quedará sin claridad.

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*El autor es socio de auditoría en EY.

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