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Corte Suprema confirma sentencia contra Whirlpool por colusión en mercado de motocompresores

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TLC) en contra de la empresa Whirlpool por colusión, sin embargo, rebajó el monto de la multa aplicada de 10.500 UTA a 5.000 UTA.

El fallo determina que, entre 2005 y 2008, Whirlpool y su competidora Tecumseh -empresa que se acogió a los preceptos del artículo 39 bis del Decreto Ley 211, sobre delación compensada- se coludieron para alzar los precios de los compresores, insumo esencial para la fabricación de refrigeradores.

“Que la sentencia que se revisa en sus considerandos octogésimo noveno y nonagésimo dejaron asentado que las requeridas, Whirlpool S.A. y Tecumseh, pudieron imponer sus precios dado que el mercado relevante presentaba barreras de entrada y una altísima concentración de mercado”, señala el fallo.

Además agrega que “ambas empresas mantuvieron una participación de mercado conjunta cercana al 90%, tanto en unidades importadas por firmas en Chile como en valores importados, todo lo cual da cuenta del elevado porcentaje de mercado que representaban dichas compañías en caso de actuar de consuno”.

Asimismo, se indica en el fallo impugnado que si bien Embraco ostentaba una posición dominante en el mercado nacional desde al menos el año 2006, una acción conjunta y coordinada con su principal competidor Tecumseh les otorgaba a ambas empresas un poder aun mayor del cual podían abusar cobrando precios superiores a los competitivos.

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