Falabella insiste en el "aprovechamiento" de un error en precio

En noviembre de 2013, la Corte de Apelaciones de Santiago desechó una demanda en contra de Falabella realizada por un cliente, quien reclamaba que la empresa no le quiso vender seis televisores pantalla plana a $500 cada uno al pagarse con la tarjeta CMR. En aquella ocasión, la empresa dijo que hubo un error en el sistema. Y la corte validó esta postura. Este es uno de los casos que presentó el abogado Iñigo de la Maza Gazmuri en un informe en derecho que hizo llegar Falabella como parte de una nueva demanda del Sernac en su contra, en la que se le acusó de que no habría respetado el precio de una tablet a $5.990 entre el 23 y 24 de septiembre de 2014, anulando la compra y reversando en forma unilateral el monto pagado.
La empresa ha explicado que entre el 23 y 24 de septiembre de 2014, en su página web tenía precios informados de tablets que fluctuaban entre $129.990, 169.990 y $399.990, y que lo que ocurrió -afirma- es que, después de aceptadas las compras en dicho precio, respecto de algunos clientes que además compraron un bolso a $5.990, al momento de procesar la compra -al ingresar a la bolsa de compras- el proceso experimentó una falla y les cambió el precio del producto electrónico por el del bolso.
Incluso, Falabella dijo a la justicia que uno de los compradores puso un aviso en el sitio de internet “elantro.cl”, señalando que si se compraba en Falabella.cl a $169.990, después de efectuada la compra se cambiaba el precio a $5.990. También explica que se formó un grupo en Facebook, donde un grupo de cibernautas compartía sus experiencias de comprar a $399.990 y pagar $5.990.
“La finalidad de la ley 19.496 es proteger a los consumidores de los abusos de los proveedores, no permitir a los consumidores abusar de los errores de los proveedores”, dice Iñigo de la Maza Gazmuri en su informe, destacando que en su demanda el Sernac cita el proceso referente a los TV a $500, pero sólo lo referente a la sentencia del Juzgado de Policía Local, que le dio la razón al cliente, sentencia que luego fue modificada por la Corte de Apelaciones. “Estimar que aquí debe protegerse a los consumidores lograría exactamente lo que la Corte de Apelaciones consideró, correctamente, que debemos evitar: obligar al proveedor a dar cumplimiento a una oferta errónea con evidente abuso del derecho”, dice el abogado, quien insiste en un “aprovechamiento”.
El Sernac pidió a la corte objetar el informe, pues cita palabras en idioma extranjero.
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