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La colusión internacional de empresas chilenas

En los últimos años hemos visto la detección y posterior condena de casos de colusión como tal vez nunca habíamos visto antes en Chile. Ellos han afectado además mercados de bienes y servicios importantes para la mayoría de los chilenos -como pollos, medicamentos y transporte en bus-, por lo que han generado escándalo público y ello ha permitido mejorar la legislación para combatir los carteles.

Sin embargo, tal vez porque han afectado a servicios que utilizan las empresas en vez de directamente a consumidores finales, mucho menos impacto y consecuencias han tenido los casos de empresas chilenas que han sido parte de carteles internacionales.

No hay duda de que las empresas chilenas han sido muy exitosas en invertir y expandirse en el extranjero en las últimas décadas, lo cual es un gran mérito y habla muy bien de su capacidad. Sin embargo, de a poco hemos empezado a tener evidencia de que algunas también han sido exitosas en coludirse en el exterior, lo cual no habla muy bien de su capacidad de competir en mercados internacionales respetando la libre competencia.

El 22 de enero de 2009, LAN Cargo S.A. junto con las empresas Aerolinhas Brasileiras S.A. (ABSA), cuyo dueño es fundamentalmente LAN Cargo, y EL AL Israel Airlines llegaron a un acuerdo con el Departamento de Justicia de Estados Unidos para pagar en conjunto una multa total de US$124,7 millones por fijar precios colusivos en el transporte aéreo internacional de carga desde enero de 2003 hasta al menos febrero de 2006. Las tres empresas se declararon culpables, acordaron colaborar en la investigación, obtuvieron a cambio inmunidad respecto de penas de cárcel para sus ejecutivos y LAN Cargo junto a ABSA pagaron 87% de la multa total (US$109 millones). Luego, en junio de 2011, las dos empresas tuvieron que pagar además US$66 millones en indemnización a quienes fueron afectados en Estados Unidos por su participación en el cartel.

Posteriormente, en noviembre de 2010, LAN Chile fue multada por la Comisión Europea, junto con otras 11 aerolíneas, por colusión en las tarifas de transporte aéreo de carga desde y hacia Europa entre diciembre de 1999 y febrero de 2006. El cartel logró exitosamente implementar un acuerdo para aumentar las tarifas a través de la incorporación de dos sobretasas, una por combustibles y otra por seguridad. Como consecuencia de su participación en el acuerdo colusivo, LAN Chile pagó €8,2 millones como multa.

El 27 de febrero de este año, la Compañía Sud Americana de Vapores (CSAV), en un acuerdo judicial con el Departamento de Justicia de Estados Unidos, se declaró culpable de colusión, pagó una multa penal de US$8,9 millones y acordó cooperar con la investigación. Luego, el 5 de marzo, llegó a un acuerdo con la Comisión Marítima Federal para pagar US$625 mil y evitar un juicio civil.

El acuerdo colusivo en este caso ocurrió en el mercado de transporte marítimo de carga roll-on roll-off, que es carga que no se transporta en contenedores y que puede subirse y bajarse de un barco por medios propios, como automóviles, buses, camiones y algunas maquinarias agrícolas. Durante al menos 12 años, entre el año 2000 y el 2012, CSAV se puso de acuerdo en reuniones y a través de distintas comunicaciones con otras empresas navieras para eliminar la competencia entre ellas. Para ello no solo fijaron precios en los servicios de transporte oceánico internacional para carga roll-on roll-off, sino que además establecieron acuerdos para repartirse clientes y rutas. El acuerdo incluía también no competir en licitaciones o acordar los precios con los que cada empresa se presentaba a la licitación.

Si bien es posible, sería algo sorprendente que en los dos casos en que empresas chilenas han reconocido culpabilidad y han sido multadas en el extranjero por su participación en carteles internacionales, la colusión no haya afectado a nadie en Chile. Exportadores e importadores hacia y desde Estados Unidos y Europa son los potenciales afectados directamente. Sin embargo, no hemos visto juicios en el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) al respecto y tampoco hay conocimiento público de demandas civiles por daños en tribunales chilenos.

Una explicación posible es el alto costo de litigar en que hay que incurrir para lograr que se determine su culpabilidad y poder posteriormente iniciar un largo juicio civil para poder recuperar los daños. De hecho, actualmente hay culpables que terminan no pagando daños porque los afectados no inician el juicio civil. Adicionalmente, los que terminan pagando daños muchas veces lo hacen en montos menores a los verdaderos daños causados, porque el cálculo lo realiza un tribunal no especializado y ante un mal juicio los afectados prefieren un buen acuerdo aunque el monto recibido sea menor a los daños sufridos. Una forma de eliminar este obstáculo es automatizar el cálculo de daños y permitir que una vez establecida definitivamente la culpabilidad, el caso vuelva al TDLC para que se calculen directamente los daños a pagar. Eso ahorraría el largo juicio civil, lo cual tiene el efecto de desincentivar coludirse ya que la probabilidad de tener que pagar los daños causados es mayor.

*El autor es profesor titular Escuela de Gobierno Universidad Adolfo Ibáñez (@agostini_cl).

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