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La disyuntiva por la calificación de incendio que enfrenta la industria aseguradora

La empresas de seguros reaseguran las catástrofes. Si los incendios forestales son cubiertos por las firmas o sus reaseguradores dependerá de la calificación de estos.

Frente al terremoto y el tsunami que enfrentó el país en 2010, las aseguradoras tenían claridad sobre cómo debían hacerse los pagos por conceptos de daño contemplado en las pólizas. Así, aún cuando este evento fue el cuarto más caro de la historia para las compañías, no hubo mayores dudas sobre el proceso, y se pagaron US$8 mil millones por seguros.

A diferencia de ese escenario, el que deberán enfrentar ahora las compañías por el mega incendio, mantiene una serie de dudas. Si bien el cliente mantiene una póliza que se debe cumplir, si responde la compañía o el reasegurador aún no está claro, debido a lo inédito de un siniestro forestal de esta magnitud, y que en lo que va de la temporada ya deja más de 300 mil hectáreas quemadas. En esta cifra se incluye el perjuicio a las forestales, que aún están en cálculo. Solamente Arauco cifró ante la SVS en 80 mil sus hectáreas quemadas.

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La ley de seguros establece que, debido a que Chile está expuesto a grandes pérdidas catastróficas, puede asignar parte de esa cobertura a compañías reaseguradoras, las que le permiten proteger su patrimonio, cubriendo parte de los daños y también les posibilita el aceptar un límite alto de cobertura de riesgo, al participar de la exposición a éste, junto con el asegurador primario. Por esto es que las nacionales suelen reasegurarse con otras compañías internacionales.

El gerente del área corporativa de RSG Corredores de Seguros, David Cobb, explica que un punto importante es la clasificación del evento como catastrófico o no. Según detalla "las empresas ofrecen protecciones operacionales para casos puntuales, y catastróficas, o sea, para una acumulación de siniestros". Una de las dudas que surgió en las compañías es si estos incendios pueden considerarse catastróficos o no, debido a la dispersión de los focos y los daños, distinto a lo que ocurre con los terremotos. Para estas circunstancias catastróficas se consideran coberturas de las aseguradoras y de las reaseguradoras.

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Fuentes del sector señalan que hasta ahora habría consenso en catalogar de catastróficos los incendios ocurridos en enero, por lo que las reaseguradoras debieran compensar la cifra a pagar a empresas y particulares que cuentan con esa protección.

La dificultad para las compañías radicaría básicamente en que el reaseguro de estas catástrofes incorpora una especia de deducible de entre US$2 y US$3 millones que tendrían que afrontar ellas.

De resolverse lo contrario, sólo las aseguradoras primarias debieran hacerse cargo de pagar, lo que impactaría significativamente su solvencia.

Desde la Asociación de Aseguradores de Chile (AACH) dicen que las compañías están preparadas para atender las solicitudes y cumplir lo acordado en las pólizas. De hecho, una alta fuente del sector sostiene que el porcentaje de bosques asegurados en tan menor -menos del 5% de la superficie afectada- que no habría problema para hacerle frente.

Dudas por intencionalidad

Desde las forestales se ha hablado de que habría intencionalidad tras los incendios y que, incluso, se trataría de actos terroristas, situación que abriría un problema adicional para las aseguradoras locales versus las reaseguradoras. Esto, puesto que estás últimas en la gran mayoría de los casos no cubren estos siniestros, por lo cual tendrían que ser cubiertos por las aseguradoras directamente si es que la poliza del cliente incluye esa cobertura. "Lo que podría complicar (el pago y coberturas) sería si se discutiera una situación de intencionalidad concertada de los incendios y se calificaran como actos terroristas (o se aplicara la ley antiterrorista) puesto que la mayoría de las pólizas de seguro en Chile contienen exclusiones de esos actos", explica Cobb.

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Asimismo Marcelo Mosso, gerente de proyectos de la AACH, explica que: "la suerte que corre el asegurador respecto a si ha contemplado esta cobertura con algún reasegurador, y cómo opera, es una situación interna entre la compañía y su reasegurador, y de ninguna forma afecta la cobertura del asegurado. Así, si la compañía ha considerado una cláusula de terrorismo con un reasegurador para este tipo de siniestros solo afectará su balance interno, no su responsabilidad frente a asegurados con estacobertura". Añade que: "Es una cláusula bastante común en los contratos de reaseguro".

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