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Ley de Quiebras: reforma permite que personas también se declaren en insolvencia

¿Qué pasa cuando una persona no puede pagar sus deudas? ¿o cuando un acreedor intenta que le paguen, pero se da cuenta que su cliente ha desaparecido? De ambas realidades da cuenta uno de los artículos más novedosos de la denominada Ley "Larga de Quiebras", que diseña el Ministerio de Economía.

El anteproyecto establece un mecanismo específico y separado para que las personas naturales comerciantes y no comerciantes puedan solicitar la reprogramación de sus compromisos o, eventualmente, la quiebra.

Hoy, la legislación no distingue entre empresas y personas naturales y radica todo el procedimiento en los tribunales de justicia, que puede tardar  años en dictar sentencia. Esto, en la práctica, hace que la liquidación de los compromisos de una persona natural sea lenta y costosa, y que por lo mismo, pueda culminar en que el deudor se sumerja en la informalidad o desaparezca de la vista de sus acreedores.

El cambio propuesto consiste en que el deudor o el acreedor puedan concurrir a la Superintendencia de Quiebras -que en el futuro se llamará Superintendencia Concursal- y soliciten los oficios de la entidad para resolver una morosidad.

El requisito mínimo para optar a dicho procedimiento es tener 2 o más títulos ejecutivos incumplidos, de diferente naturaleza, que puede ser  por ejemplo, con bancos o retailers.

En la mediación el deudor deberá presentar un plan para la repactación de sus compromisos, el que es sometido a votación de sus acreedores. Si no hay acuerdo, se procede a la liquidación simplificada de los activos del deudor, declarando  la quiebra. Todo, en un plazo que no superará los 75 días hábiles.

Para el Ministerio de Economía, la idea de fondo del diseño es privilegiar la posibilidad de llegar a acuerdos de repactación antes que declarar la quiebra de un deudor, de manera que éste pueda reemprender un negocio y los acreedores recuperen lo que se les adeuda o al menos una parte de ellas.

Las personas naturales sólo podrán recurrir al mecanismo una vez cada 5 años.

BENEFICIARIOS
Si bien no hay estimaciones de cuántas personas solicitarán la mediación de la Superintendencia, alrededor de 580 mil personas naturales realizan sus emprendimientos con la ampliación del giro de su rut y potencialmente podrían usarlo.

Por ello, en la futura Superintendencia Concursal están claros que la demanda por sus servicios aumentará en forma exponencial una vez que la ley esté vigente.

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