Corte Suprema aprobó avenimiento entre la FNE y SMU que establece obligación de notificar todas sus operaciones de concentración futuras

“La Fiscalía celebra tanto la posibilidad de llegar a acuerdos con los distintos agentes económicos", dijo el Fiscal Nacional Económico, Ricardo Riesco.


La Corte Suprema aprobó ayer el avenimiento celebrado entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE), SMU S.A. (ver declaración de intereses de Copesa) y Corpgroup Holdings Inversiones Limitada, poniendo término al recurso de reclamación interpuesto por la FNE contra la Resolución N°70/2022 del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC).

Durante la tramitación de este recurso, ambas partes alcanzaron un acuerdo, en el cual estas empresas se obligan a que presentarán una notificación a la FNE por toda operación de concentración en la que participe cualquier agente económico de su grupo empresarial en la industria supermercadista, supere o no los umbrales de venta que establece el artículo 48 del Decreto Ley N°211, según resaltó la FNE por medio de un comunicado.

El caso se inició en septiembre del 2021, cuando SMU y Corpgroup presentaron ante el TDLC una consulta solicitando, entre otras cosas, alzar la condición impuesta por dicho Tribunal el 2012 que los obligaba a consultar todas sus operaciones de concentración.

En ese procedimiento no contencioso, la FNE –considerando la evolución de la industria y su actual concentración– opinó que era procedente modificar la medida, pero no alzarla completamente, de tal modo que la obligación de someter a evaluación las operaciones se mantuviera, mediante una notificación a la Fiscalía en lugar de una consulta ante el TDLC, atendido el cambio jurídico introducido por la ley N°20.945, que radicó en la FNE el control de operaciones de concentración.

El TDLC resolvió que había ocurrido un cambio de circunstancias respecto al 2012, tanto económico como jurídico, y ordenó alzar la condición pura y simplemente, sin acoger lo planteado por la FNE. Ello motivó la reclamación ante la Corte Suprema, que finalizó ayer cuando este tribunal aprobó el avenimiento entre las partes.

“La Fiscalía celebra tanto la posibilidad de llegar a acuerdos con los distintos agentes económicos, como su aprobación por parte de la Excelentísima Corte Suprema, pues a través de métodos auto compositivos se logra resguardar la libre competencia en los mercados y mantener un especial cuidado en aquellas industrias donde existe una concentración mayor o una especial necesidad de cautela”, señaló el Fiscal Nacional Económico, Ricardo Riesco.

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