CPC redefine estatutos y crea la figura de vicepresidente, quien deberá contar con “una trayectoria gremial”

A la votación asistieron los integrantes del Consejo Nacional de la CPC, conformado por el presidente de la CPC; los expresidentes de la CPC; los presidentes de la SNA, CNC, Sonami, Sofofa, CChC y Abif; y 10 consejeros designados por cada rama.


Este miércoles y con el fin de dar respuesta a “los desafíos actuales y futuros en el cumplimiento de su rol social”, es que la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC) actualizó sus estatutos y además creó la figura de la vicepresidencia.

Lo anterior, a partir del proceso de votación desarrollado durante el día en la sede del gremio, en el cual los miembros de la CPC aprobaron por 63 votos a favor y 1 en contra la reforma de cánones.

A la instancia liderada por Juan Sutil, acudieron los integrantes del Consejo Nacional de la CPC, conformado por el presidente de la CPC (el propio Sutil); los ex presidentes de la CPC; los presidentes de la SNA, CNC, SONAMI, SOFOFA, CChC y ABIF; y 10 consejeros designados por cada rama.

04 Noviembre 2021 Entrevista a Juan Sutil, Empresario, Presidente de la Camara de la Produccion y del Comercio (CPC) Foto: Andres Perez04 Noviembre 2021 Entrevista a Juan Sutil, Empresario, Presidente de la Camara de la Produccion y del Comercio (CPC) Foto: Andres Perez

Uno de los principales cambios corresponde al hecho de “suprimir de los estatutos la vicepresidencia rotativa”, y la creación de un cargo de vicepresidente “que será elegido conjuntamente con el presidente de la CPC, quienes postularán en una misma lista o dupla, y durarán dos años en sus funciones, sin reelección en sus respectivos cargos”, según indicaron desde la confederación.

Asimismo y en esta línea, señalaron que “los candidatos a presidente y vicepresidente deberán contar con el patrocinio de la rama a la cual pertenecen”. Y se definió que entre las principales funciones del vicepresidente de la CPC, que pasará a formar parte del Comité Ejecutivo de la institución, destacan la subrogación al presidente en caso de ausencia o impedimento temporal, y su reemplazo en caso de fallecimiento, renuncia o imposibilidad definitiva.

“También está a cargo, junto con el presidente, de los temas gremiales nacionales, con especial foco en la relación de la CPC con las regiones”, indicaron desde el gremio.

Por otro lado, en la instancia se redefinieron los requisitos para postular a los cargos de presidente y de vicepresidente, de manera que estos deberán tener una trayectoria gremial, es decir, “ser consejeros en ejercicio de una de las ramas o ser ex presidente de alguna de las ramas en los últimos dos períodos”, explicaron.

Y en el caso de aquellas ramas que no cuenten con un Consejo, podrán ser candidatos quienes participen al menos los dos últimos períodos en las instancias de gobierno corporativo de sus asociados.

Por último, se definió la creación de Instancias Colaborativas con Gremios Regionales vinculados a las Ramas de la CPC, que tendrán por objeto facilitar y complementar las tareas y programas de trabajo de la CPC en las regiones e impulsar iniciativas de desarrollo local, sirviendo de organismos coordinadores de los gremios que agrupan.

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