Los pasos a seguir de las medidas Covid-19 para la Operación Renta 2020

Imagen SII 35 Operación renta

Un informe de Recabarren & Asociados detalló los principales cambios tributarios que se incluyeron dentro de las medidas anunciadas para enfrentar la crisis sanitaria.


1-Declaración y pago Impuesto de primera categoría:

-Postergación de pago hasta el 31 de julio 2020: Contribuyentes que cumplan requisitos Pyme.

-Declaración debe realizarse igualmente en abril.

2-Anticipación devolución impuesto a la renta:

Mes de abril: Contribuyentes que cumplan requisitos pyme y trabajadores independientes podrán solicitar devolución.

-Pago anticipado de retenciones año 2019, al presentar F22, depósito se hace en 10 días aproximadamente.

-Además, de lo anterior, se devolverá anticipadamente retención trabajadores independientes por enero y febrero 2020.

3-Facilidades de pagos para multas fiscales e impuesto territorial:

Faculta a Tesorería General de la República para dar facilidades de pago, convenios especiales, condonaciones totales o parciales de intereses penales y multas, de cuotas devengadas en abril, mayo y junio de 2020.

4-Condonación total o parcial de multas e intereses penales por declaraciones presentadas fuera de plazo:

Hasta el 30 de septiembre de 2020.

5-Pagos Provisionales Mensuales:

Modificaciones y condonación

-Pagos Provisionales Mensuales Condonación de pago PPM de abril, mayo y junio de 2020.

-No distingue por tipo de contribuyentes o empresas.

6-Impuesto a las Ventas y Servicios:

Postergación de pago IVA y recuperación CF 27 bis

-Postergación pago de IVA se posterga IVA por abril, mayo y junio 2020

1) Contribuyentes que cumplan requisitos Pyme. IVA postergado se dividirá en 12 cuotas mensuales, iguales y reajustadas a partir de julio 2020.

2) Contribuyentes con ingresos mayores a Pyme e inferiores a 350.000 UF (considera relacionados). - IVA postergado se dividirá en 6 cuotas mensuales, iguales y reajustadas a partir de julio 2020

7-Impuesto Territorial

Prórroga de pago de cuota de abril. Se suma a la cuota de junio, septiembre y noviembre

1) Contribuyentes Impuesto Global Complementario e Impuesto Segunda Categoría: - Propiedades cuyo avalúo fiscal sea inferior a $133.000.000

2) Contribuyentes IDPC ingreso anual inferior a 350.000 UF (considera entidades relacionadas).

8-Impuesto de Timbres y Estampillas

Reducción transitoria ITE a 0% de operaciones de crédito desde el 1 abril al 30 septiembre 2020

Gastos necesarios para producir la renta: medidas Covid-19 sobre gastos

-Medidas de protección para la salud de trabajadores y terceros.

-Cantidades incurridas, voluntaria u obligatoriamente, destinados a evitar, contener o disminuir la propagación del Covid-19. -Desembolsos destinados a aminorar o palear sus efectos, que tengan por objeto, resguardar los intereses del negocio.

-Pago de remuneraciones, a pesar que no hayan podido concurrir o presentarse a sus lugares de trabajo, por caso fortuito o fuerza mayor.

-Realización de planes estratégicos de negocios y fidelización de clientes.

-Cualquier desembolso que se realice en interés o para el desarrollo o mantención del negocio

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