Por Leonardo CárdenasSII consigue multas por más de $19.000 millones en contra de cinco personas acusadas de lavado de activos
Facturas falsas, empresas de papel y uso de testaferros figuraban entre las acciones destinadas a obtener devoluciones indebidas de impuestos y generar el fraude.
El monto defraudado al Fisco por concepto de devoluciones indebidas de IVA Exportador asciende a $9.673.213.539, cifra sobre la cual se calculó la multa impuesta a los principales responsables del esquema que en su conjunto alcanzó una suma de los $19.346.427.078.
Los cinco condenados en la sentencia son Patricio Ricardo Salgado Vera, Patricio Yuri Ramírez Figueroa, Paola Rebeca Robbé Corvalán, Graciela Vera Guzmán y Constanza Salgado Robbé, a quienes unía un vínculo familiar directo entre la pareja conformada por Patricio Salgado y Paola Robbé junto a sus familiares (como su hija Constanza y Graciela Vera), además de un entramado patrimonial y societario compartido mediante diversas empresas (como Likankura SpA, Pelarco SpA o Molina Exportaciones SpA) e investigaciones penales conjuntas por la comisión reiterada de delitos tributarios y de lavado de activos.
Según los antecedentes recopilados en la investigación y aceptados por los condenados en el juicio, los imputados articularon una cadena de tres sociedades relacionadas para traspasar crédito fiscal IVA de manera fraudulenta y obtener devoluciones indebidas de impuesto.
En el caso del delito cometido mediante cualquier maniobra fraudulenta, que permita obtener devoluciones de impuesto que no correspondan, establecido en el artículo 97 N°4, inciso 3 del Código Tributario, se logró determinar que entre enero de 2017 y julio de 2019, la empresa BMC International Chile, cuyo representante legal era Patricio Ramírez, solicitó y obtuvo de manera fraudulenta devoluciones de IVA Exportador, incorporando facturas falsas en 33 formularios de devolución de IVA Exportador (Formulario N°3600), logrando con ello una devolución efectiva ascendente a $9.673.213.539.
El crédito fiscal utilizado para sustentar las solicitudes de devolución estaba respaldado mediante facturas originadas en 11 sociedades “fantasmas”, dado que carecían de capacidad material, técnica y financiera para realizar las operaciones comerciales declaradas, confirmando que eran “empresas de papel”, el cual era transferido de forma sucesiva a otras sociedades, comenzando con Copavi y Molina Exportadores, todas éstas controladas por uno de los involucrados, y concluyendo en la empresa exportadora BMC Internacional Chile, quien finalmente obtenía las devoluciones indebidas.
En el periodo analizado se constató la facilitación sistemática de documentación tributaria falsa, para generar crédito fiscal inexistente. Así, las 11 sociedades de papel ya mencionadas emitieron 280 facturas falsas a la empresa Copavi, que a su vez emitió 423 facturas falsas a la sociedad Molina Exportadores, emitiendo esta última y finalmente, 1218 facturas falsas a BMC Internacional Chile, creando una compleja red de facturación que permitió llevar a cabo el fraude.
También pudo comprobarse la falsedad de las facturas, dado que los emisores usaban direcciones ficticias, numeraciones inexistentes y lugares donde los representantes legales no eran conocidos; además de la absoluta desproporción entre las operaciones declaradas y la capacidad real de las sociedades, entre otros antecedentes.
El tribunal estableció además que, para ocultar el origen ilícito de estos fondos, los principales responsables recurrieron a testaferros (incluyendo familiares directos) y a la adquisición de bienes raíces, vehículos y otros activos a nombre de sociedades y personas relacionadas, configurando el delito de lavado de activos.
La sentencia
Uno de los dos principales involucrados en el fraude, fue condenado como autor de los delitos de facilitación de facturas falsas (art. 97 N°4 inciso final); obtención de devoluciones indebidas de impuestos (art. 97 N°4 inciso tercero) y lavado de activos (art. 27 letras a) y b) de la Ley 19.913), con penas que en su conjunto alcanzan los 5 años de presidio mayor en su grado máximo, multa equivalente al 100% del perjuicio fiscal ($9.673.213.539); 20 UTA y decomiso de bienes, con sustitución por libertad vigilada intensiva por el tiempo de la condena.
El segundo imputado, fue condenado por obtención de devoluciones indebidas de impuestos y lavado de activos, con penas que en su conjunto alcanzan los 4 años de presidio mayor en su grado máximo, multa equivalente al 100% del perjuicio fiscal ($9.673.213.539) y comiso de especies, con libertad vigilada intensiva por el tiempo de la condena.
Una tercera implicada fue condenada como autora de lavado de activos a 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de 20 UTM y decomiso de bienes, con remisión condicional de la pena.
Las dos últimas involucradas en este caso fueron condenadas como autoras de lavado de activos culposo, a 61 días de presidio menor en su grado mínimo cada una, multa de 10 UTM y decomiso de bienes, con remisión condicional de la pena.
Entre los bienes decomisados figuran inmuebles en Linares, Pucón y Talca, vehículos que incluyen un BMW y una camioneta Toyota registrada a nombre de BMC International Chile, dinero en efectivo y fondos retenidos en múltiples cuentas bancarias.
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