TDLC rechaza recurso de Entel contra consulta de Telefónica por descongelamiento de banda 3.5 GHz

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En la consulta Telefónica pide que se nivele la cancha para que todos los actores de la industria tengan iguales condiciones para tener espacio en ese espectro y poder desarrollar el servicio 5G.


El Tribunal de Defensa de la Libre Compentencia (TDLC) rechazó el recurso de reposición presentado por Entel en contra de la consulta presentada por la unidad local de Telefónica, en la que la filial de la compañía española solicita que la instancia se pronuncie sobre la legalidad de la resolución de la Subsecretaria de Telecomunicaciones (Subtel) mediante la cual determinó el descongelamiento parcial de la banda 3.5 GHz.

"Tanto por el hecho de que la solicitud no busca imputar responsabilidad a un agente económico como por el hecho de existir amplitud para disponer las medidas necesarias, la calificación hecha por Entel de que las medidas solicitadas serían una sanción carece de asidero", señala la resolución del tribunal.

Asimismo indica que "como se ha señalado, lo que se busca con ellas es determinar si es necesario modificar la Resolución N°584 u otorgar nuevas concesiones previo a la ejecución las resoluciones dictadas por la Subtel, y fijar las condiciones bajo las cuales la ejecución de las mismas no afectaría gravemente la competencia en la industria de las comunicaciones móviles".

Por tanto afirma "si bien la fijación de esas condiciones podría afectar a diversos actores de la industria referida, este es un efecto propio de la adopción de medidas en el marco de un

proceso de consulta, y no obedece a la lógica sancionatoria característica de un juicio infraccional". Entel había pedido al TDLC que declarara la consulta inadmisible.

En la consulta Telefónica pide que se nivele la cancha para que todos los actores de la industria tengan iguales condiciones para tener espacio en ese espectro y poder desarrollar el servicio 5G.

"El despliegue adelantado de infraestructura compatible con la red 5G por parte de los adjudicatarios de bloques de la Banda 3.5 GHz, entre los que se encuentra no sólo Entel y Claro, sino además Movistar y otros operadores (VTR y Telsur), podría configurar un ilícito anticompetitivo exclusorio, en particular, por quienes tienen asignaciones de espectro de la Banda 3.5 GHz a nivel nacional, toda vez que contarían con una evidente ventaja irreplicable de iniciar el servicio 5G con antelación al resto de los competidores, según lo establecido en la Resolución Complementaria", se indica en el documento firmado por abogados de Contreras Velozo.

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