Por Emiliano CarrizoTribunal Ambiental confirma multa de $2.385 millones contra Consorcio Santa Marta por incendio en vertedero de 2016
El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación que apelaba que el proceso sancionatorio no era el adecuado por el tiempo que transcurrió entre el origen del caso y su resolución.

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación del Consorcio Santa Marta contra el proceso sancionatorio del caso recordado por el incendio del 2016 en el vertedero del mismo nombre.
El caso trata de que en enero de 2016 se produjo el desplazamiento de la masa de residuos en el relleno sanitario de Santa Marta y posterior incendio. Un vertedero que se ubica en la comuna de Talagante, en el sector de Lonquén, aledaño al Valle El Triunfador de la Región Metropolitana.
Sobre la reciente acción judicial, la firma presentó reparos por la demora del proceso entre que ocurrió y fue sancionada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Otro de los motivos de la reclamación fueron los aspectos del fondo de la sanción.
“Que sean dejadas sin efecto y se declare que el procedimiento sancionatorio devino en ineficaz, por haber decaído y/o por haber terminado por la imposibilidad material para su prosecución, atendido el excesivo transcurso de tiempo y/o pérdida de objeto”, dijo el Segundo Tribunal Ambiental sobre la solicitud de la firma.
También se buscaba considerar otros aspectos en caso de no prosperar la primera reclamación de la empresa. “En subsidio, solicita que se ordene a la SMA que, en reemplazo de los actos reclamados, dicte una nueva resolución que absuelva al Consorcio Santa Marta de los cargos formulados”, dijo.
Otra solicitud tuvo relación con que “en subsidio de todo lo anterior, solicita que se ordene a la SMA la emisión de un nuevo pronunciamiento que recalifique la gravedad de los cargos al mínimo, reduciendo sustancialmente el quantum de las multas al rango inferior que se estime procedente.
Sin embargo, el tribunal especializado desestimó las reclamaciones del Consorcio Santa Marta.
“Se resuelve rechazar en todas sus partes la reclamación interpuesta por la abogada María de los Ángeles Coddou Plaza de los Reyes, en representación del Consorcio Santa Marta S.A., en contra de las Resoluciones Exentas N°s 1.329/2023 y 1.589/2024, dictadas por la Superintendencia del Medio Ambiente", dijo el Segundo Tribunal Ambiental en su resolución donde cada parte pagará sus costas.
Según recordó el Segundo Tribunal Ambiental, el primer programa de cumplimiento Consorcio Santa Marta tras el evento recibió observaciones y luego fue declarado incumplido por la SMA.
Finalmente, la SMA en 2023 sancionó a la empresa por 11 de los 12 cargos relacionados con infracciones a lo ambiental.
“El monto total de la sanción ascendió a 2.851 unidades tributarias anuales. Los cargos que recibieron las sanciones más elevadas fueron el cargo H, “operación de relleno sanitario mediante celdas mayores a 4 metros de altura”; el cargo I, “haber sobrepasado la tasa de ingreso de residuos, excediendo en 38.771 (ton) lo autorizado para el año 2014 y en 100.641 (ton) lo autorizado para el año 2015”, 659 UTA; y el cargo J, “ingreso no autorizado de 52.511 (ton) de lodos durante el año 2014 y de 57.418 (ton) de lodos durante el año 2015”, 807 UTA", dijo la sanción inicial de la SMA.
No obstante, tras un recurso de recepción, se reclasificó la gravedad “del cargo K, pasando de infracción gravísima a leve. De esta forma, la multa para dicha infracción se redujo de 186 a 106 UTA. Así, el monto total de la multa quedó en 2.771 unidades tributarias anuales (UTA)”, recordó el Segundo Tribunal Ambiental en su fallo.
A precio de la UTA de hoy, la multa llega a $2.384.866.692.
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