Pulso

Sernac presenta demanda colectiva en contra de Tanner Servicios Financieros

Tanner

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), presentó una demanda colectiva en contra de la empresa Tanner Servicios Financieros S.A., con el propósito que la empresa pague a los clientes el costo que debieron asumir al momento de realizar el alzamiento de prendas por créditos pagados íntegramente con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley, y asuma dicho costo hacia el futuro.

La decisión del Sernac se tomó luego de realizar una mediación colectiva con la empresa la que finalmente no resultó favorable, "pues la entidad financiera no estuvo disponible para entregar una propuesta de solución satisfactoria para los consumidores" señalaron desde el servicio.

[ze_adv position="adv_300x100" ]

El 23 de enero del 2016 entró en vigencia la Ley N° 20.855, que regula el alzamiento de prendas e hipotecas que garantizan créditos y  tras recibir reclamos de consumidores, el servicio tomó conocimiento de que la empresa Tanner Servicios Financieros cobraba el costo del alzamiento de prendas sin desplazamiento de carácter general, cuyos créditos habían sido pagados hasta cuatro años antes que entrada a regir dicha normativa.

Según información entregada por la propia empresa, se trataría de un universo de 3.368 consumidores que tuvieron que asumir dicho pago.

[ze_adv position="adv_300x250-A" ]

El Director Nacional del SERNAC, Ernesto Muñoz, explicó que todas las empresas financieras están obligadas a cumplir al pie de la letra lo que dice la Ley, y como Tanner S.A no cumplió y tampoco estuvo disponible para resolver el tema mediante una mediación colectiva, ahora deberá responder ante la justicia.

En ese contexto, también explicó que la Ley 20.855 de Alzamiento de Prendas e Hipotecas beneficia a todas las personas que tienen créditos hipotecarios o prendarios y aquellas que pagaron su crédito con anterioridad, pero aún no han alzado su hipoteca o prenda.

[ze_adv position="adv_300x250-B" ]

"Esta normativa establece que son las entidades financieras las que deben tramitar y pagar los costos de alzamiento de prendas e hipotecas, una vez que el usuario pague el crédito. Antes de esta ley, eran las propias personas quienes debían pagar este trámite", resaltó Muñoz.

COMENTARIOS

Para comentar este artículo debes ser suscriptor.

Piensa sin límites. Accede a todo el contenido

Nuevo Plan digital $990/mes por 5 meses SUSCRÍBETE