Residencia definitiva y elección presidencial

SEÑOR DIRECTOR:
El ministro del Interior tiene razón cuando señala que no es razonable que una persona extranjera, por el solo hecho de contar con residencia temporal superior a cinco años, pueda votar por Presidente de la República. En este sentido, sería idóneo que el derecho a votar por el jefe de Estado y de gobierno requiriese contar con residencia definitiva.
La residencia definitiva exige, entre otras condiciones y por regla general, haber vivido 24 meses en Chile. Al respecto, entre 2017 y 2024, hubo un aumento de 823.965 extranjeros en el país (Censo 2024). En el mismo periodo, se otorgaron 706.868 residencias definitivas (Sermig 2025) y, el 2024, el Servel incluyó en el padrón a 786.466 electores extranjeros habilitados para sufragar.
Mientras el voto se mantenga obligatorio y sus multas sean efectivas, restringir la votación del jefe de Estado a quienes posean residencia definitiva no será determinante en la elección presidencial. Con todo, dicho cambio debería realizarse primero reforzando la capacidad del Sermig para procesar residencias y su autonomía con respecto a los gobiernos de turno.
Alfonso España
Investigador de Horizontal
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