Nueva Constitución: Piñera entra a los contenidos y plantea 10 puntos “esenciales”

23 de julio del 2020/SANTIAGO El Presidente de la República, Sebastián Piñera, acompañado por el ministro (s) del Trabajo, Fernando Arab, el subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, firma el documento durante la ceremonia en el Patio de Los Naranjos del Palacio de La Moneda, que promulga la ley de Crianza Protegida, que beneficiará a más de 850 mil padres, madres y cuidadores de niños para que puedan quedarse en sus casas cuidándolos durante la pandemia. FOTO: SEBASTIAN BELTRAN GAETE/AGENCIAUNO

Para el Mandatario, una nueva carta magna “no debe incluir un extenso listado de buenas intenciones ni tampoco de reglamentaciones en detalle para cada institución. Ese terreno le corresponde a la política y las leyes. No podemos pretender escribir hoy y en forma rígida, todas las páginas del futuro”.


Un documento de tres páginas que contiene los 10 puntos que para él son “esenciales” en una nueva Constitución, comenzó a compartir esta semana el Presidente Sebastián Piñera con algunos de sus ministros. El texto, elaborado por el Mandatario luego de recoger distintas opiniones de expertos cercanos, plantea en la primera línea que “la postura del Gobierno frente al plebiscito no es neutral”, sino que tiene dos objetivos. El primero, “cumplir con el mandato constitucional y llevar a cabo un proceso constitucional que sea democrático, transparente, seguro y participativo”, y segundo, que “que la Constitución sea un gran marco de unidad y estabilidad de la Nación. Que recoja los valores esenciales de nuestra historia y la tradición democrática del país. Para ello, es fundamental que cuente con un amplio y sólido apoyo, que le otorgue legitimidad y permita su estabilidad hacia el futuro”.

A modo de reflexión, el documento elaborado por el Mandatario dice que “la Constitución no resuelve todos los problemas de la sociedad, pero sí debe ser el marco institucional dentro del cual se desenvuelven la política, las leyes y la vida en sociedad”. En esa línea agrega que “no debe incluir un extenso listado de buenas intenciones ni tampoco de reglamentaciones en detalle para cada institución. Ese terreno le corresponde a la política y las leyes. No podemos pretender escribir hoy y en forma rígida, todas las páginas del futuro”.

Luego, el Presidente plantea que la “Constitución de Chile debe unirnos en la diversidad, movilizando a las grandes mayorías y respetando a las minorías. Durante el proceso constituyente, debe existir una actitud de diálogo, acuerdos, buena voluntad y un espíritu de unidad y de misión a cumplir. En este sentido, al exigir que los acuerdos se deban adoptar por los dos tercios de los constituyentes, buscamos una deliberación serena, pacífica y con respeto mutuo”. También enfatiza en la importancia de que el proceso “sea acotado en el tiempo, para reducir la incertidumbre que este tipo de debates generan en la sociedad y sus actores”.

“La Constitución debe establecer los principios básicos del Estado. Los grandes valores que guiarán los destinos de la Nación, las bases de nuestra institucionalidad y los derechos, deberes y garantías fundamentales de los ciudadanos”, sostiene, para luego detallar los 10 aspectos que le parecen “esenciales para construir una Constitución Democrática para todos los chilenos y chilenas”.

Los diez mandamientos

1. ROL DEL ESTADO

Chile debe ser una república democrática y con Estado de derecho, en la cual el Estado sea más solidario y esté al servicio de las personas.

El Estado debe reconocer y amparar a los grupos intermedios, garantizando su adecuada autonomía. Además, debe garantizar el derecho a desarrollar cualquier actividad económica, respetando las normas legales que regulen dicha actividad.

2. FAMILIA

La familia es el núcleo fundamental de la sociedad y el Estado debe proteger el derecho preferente y deber de los padres de educar a sus hijos.

3. DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS

Es deber de los órganos del Estado respetar y promover los derechos humanos. Garantizar la igualdad de todos ante la ley y la protección ante cualquier discriminación o abuso.

Algunos derechos civiles y políticos fundamentales que debe consagrar nuestra Constitución:

- El derecho a la vida y la prohibición de someter a una persona a tortura o tratos degradantes, garantizando siempre su integridad física y psíquica.

- La libertad de expresión, de pensamiento y de religión.

- La libertad de reunión pacífica y la libertad de asociación, lo que permite fundar o ser parte de sindicatos u otras asociaciones.

- La libertad de movimiento, para moverse o permanecer en cualquier lugar del país.

- La presunción de inocencia, el derecho a un debido proceso y a una defensa jurídica.

- El derecho a la propiedad privada, porque nadie puede ser privado de sus bienes y derechos sino por una causa justificada y en virtud de una ley.

4. DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

- EDUCACIÓN: Deberá ser obligatoria y financiada por un sistema gratuito, hasta la educación media. Las personas tienen el derecho de abrir establecimientos educacionales y los padres el derecho de escoger el establecimiento para sus hijos.

- SALUD: El Estado debe garantizar el acceso libre a las prestaciones de salud. Cada persona debe tener el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea éste estatal o privado.

- PENSIONES: El Estado debe tomar medidas para que todas las personas tengan pensiones que les permitan vivir dignamente.

5. SOCIEDAD INCLUSIVA Y DIVERSA

Nuestra Constitución debe contemplar mayores mecanismos que permitan una participación ciudadana temprana en algunas decisiones públicas que sean muy relevantes para la Nación.

Además, debe garantizar la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, incluyendo a las minorías sexuales.

La Constitución debe incluir el reconocimiento de los pueblos originarios, pues es un deber del Estado respetar su identidad, cultura y tradiciones ancestrales.

En Chile no debe haber persona ni grupo privilegiado.

6. ORDEN PÚBLICO

El deber del Estado de garantizar el orden público y la seguridad nacional, dando protección a la población y a la familia.

7. MEDIO AMBIENTE

El Estado debe resguardar el medioambiente para las generaciones futuras, tomando medidas concretas para avanzar en su cuidado. La Constitución debe consagrar el principio del desarrollo sustentable.

8. SEPARACIÓN DE LOS PODERES DEL ESTADO

La Constitución debe establecer la separación e independencia de los Poderes del Estado, con mecanismos efectivos de pesos y contrapesos.

El Estado debe respetar las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Además, tendrá que reconocer la autonomía de órganos fundamentales para la República como Ministerio Público, el Servel, la Contraloría o el Banco Central.

Es necesario perfeccionar y modernizar el funcionamiento del Tribunal Constitucional.

9. RESPONSABILIDAD DE LAS AUTORIDADES Y TRANSPARENCIA DEL ESTADO

Los actos de los órganos del Estado deben ser públicos y transparentes, que deben someter su actuar a la Constitución.

La Constitución debe consagrar el estricto cumplimiento al principio de probidad en el ejercicio de la función pública.

Ninguna persona puede atribuirse otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes.

La responsabilidad fiscal y macroeconómica del Estado.

10. DESCENTRALIZACIÓN

La descentralización de la administración del Estado. Para ello, los órganos del Estado deben promover el fortalecimiento de la regionalización del país y el desarrollo equitativo y solidario entre las regiones, provincias y comunas.

Es necesario un compromiso decidido en favor del proceso de descentralización, para lo cual debemos consagrar constitucionalmente y en forma mucho más efectiva una real distribución de potestades locales, regionales y nacionales. Decisiones políticas, administrativas y fiscales.

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