Penas ridículas

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La sociedad no tolera que graves conductas no tengan aparejada una sanción proporcional a la gravedad de las mismas. Y por fin, con el nuevo Parlamento que se ha constituido desde marzo, parece haber agua en la piscina para hacer modificaciones.



Hoy, una persona que hurta un chocolate en un supermercado, que vende DVD piratas en la calle o que decide sobornar con millones de dólares a un Ministro, Parlamentario o incluso al Presidente de la República, se le sanciona igual: En todos los casos, la pena que establece la ley parte en 61 días de cárcel. Ridículo ha dicho a este respecto el propio Presidente Piñera cuando se ha referido al tema. Sin embargo, a pesar de que probablemente el delito de cohecho es de los que más modificaciones ha tenido en las últimas décadas, las modificaciones no han variado lo sustancial: la pena. Así, mientras por delitos de corrupción en Corea del Sur la ex Presidenta ha sido condenada a 24 años de cárcel y mientras en Brasil las altas condenas establecidas en la ley han forzado a los acusados a delatar a peces más gordos para obtener compensaciones, en Chile los graves actos de corrupción descubiertos en los últimos tiempos terminan sin condenas de cárcel e incluso en ocasiones -y por decisiones del Ministerio Público- derechamente sin condenas y sólo con salidas alternativas.

En el mes de junio de 2016, cinco senadores de diversas tendencias (Araya, De Urresti, Espina, Harboe y Larraín) presentaron un proyecto de ley que busca aumentar las penas del delito de cohecho, y establece además como delitos el soborno entre privados y la administración desleal, dos iniciativas largamente anheladas por los penalistas y que van en la dirección correcta. El proyecto se encuentra actualmente a punto de ser aprobado en y Comisión Mixta. Sin embargo, la iniciativa es modesta en cuanto al aumento de penas que se proponen; siguen siendo ridículas para un caso grave de corrupción, pues se aumenta el piso del delito en un grado, estableciéndose éste en presidio menor en su grado medio para la figura base. Es decir, de tan sólo 541 días de presidio, pena que al estar generalmente acompañada de las atenuantes de irreprochable conducta y colaboración sustancial, vuelven a dejar la base a aplicar en 61 días de presidio. Ello ocurre porque la ley actual y el proyecto no discriminan en dos sentidos que debieran orientar la pena que debe aplicarse. Hoy, y así permanecerá de aprobarse este proyecto, da igual si el objeto del cohecho es 10 mil pesos o 10 millones de dólares. En ambos casos la pena es la misma.

Tampoco importa si el funcionario público corrupto es el último auxiliar del escalafón o el Máximo Directivo de la Institución. La pena es la misma. ¿Es aquello sensato? No. En los delitos de estafa y también en los fraudes al Fisco la pena se gradúa de acuerdo al monto de lo defraudado. Y ello es así porque a mayor monto, es más grave el delito.

Lo propio ocurre en el cohecho. Es grave sobornar a un oficial de Policía con 20 mil pesos para que no te saque un parte. Pero mucho más grave es sobornar con millones de dólares a una alta autoridad. Y a mayor jerarquía, mayor responsabilidad. También es más grave que el funcionario público sobornado sea aquel al que la sociedad le depositó mayores confianzas para designarlo o incluso elegirlo por elección popular. Es necesario también establecer un tipo penal distinto a los anteriores, que sancione el sólo hecho de ofrecer o solicitar un beneficio económico a un funcionario público por tener tal calidad.

Independiente de posibles infracciones a los deberes del cargo que existan, finalmente deben establecerse normas más amplias sobre prescripción y asegurarse -al igual que en materias de colusión- normas efectivas de delación compensada. (Que deben ir unidas a penas altas en la ley, pues de otra manera ningún interés habrá en la delación). Creo fundamental establecer normas que sancionen adecuadamente la corrupción.

Las que aquí indico son las mínimas modificaciones que se requieren. La sociedad no tolera que graves conductas de este tipo no tengan aparejada una sanción proporcional a la gravedad de las mismas. Y por fin, con el nuevo Parlamento que se ha constituido desde marzo, parece haber agua en la piscina para hacer estas modificaciones. Hagámoslas ahora. Hagámoslas de una buena vez.

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