Revés para Gil: justicia sobresee a dos exgerentes de CLC acusados de “administración desleal” por exceso de pacientes Covid

Clínica Las Condes: lo que hay detrás del conflicto con sus médicos

El 4º Juzgado de Garantía de Santiago resolvió sobreseer definitivamente los casos que abrió por supuesta administración desleal en contra de los exgerentes generales de Clínica Las Condes (CLC), Fredy Jacial y Jaime Hagel, querellados por el propio recinto por supuestamente haber recibido exceso de pacientes Covid-19 durante la emergencia sanitaria.


El 4º Juzgado de Garantía de Santiago resolvió sobreseer definitivamente los casos que abrió por supuesta administración desleal en contra de los exgerentes generales de Clínica Las Condes (CLC), Fredy Jacial y Jaime Hagel, querellados por el propio recinto por supuestamente haber recibido exceso de pacientes Covid-19 durante la emergencia sanitaria.

En su resolución el magistrado Rodrigo Carrasco sostiene que “el querellado actuó conforme a la normativa vigente a la época de sus decisiones y a las exigencias que se le impusieron por parte de la autoridad sanitaria a todos los recintos hospitalarios en el contexto del manejo del Covid-19, sin observar en su conducta que se haya desplegado alguna actividad en torno a perjudicar a Clínica Las Condes, como se le reprocha por parte del querellante”.

En ese sentido, dijo el juez, “se acoge la solicitud que hace la defensa, y a la cual adhirió el Ministerio Público, y se decreta el sobreseimiento definitivo total de la presente causa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250, letra a), del Código Procesal Penal. Atendido que el tribunal considera que no hay motivo plausible para litigar, condena en costas a la parte querellante”.

Agregó en su resolución que “los actos realizados por el querellado en su calidad de gerente general dicen relación a su aceptación a los términos impuestos por el Estado dentro del manejo que se hizo y se sigue haciendo en el contexto de la pandemia de Covid-19. No se observa que el querellado haya realizado alguna actividad dolosa, que tenga como objetivo el perjuicio patrimonial de Clínica Las Condes. En ese sentido cabe tener en consideración que el querellado no estaba en posibilidad de decidir sobre el ingreso o rechazo de pacientes Fonasa como se le imputa en la presentación de la querellante”.

En esa línea argumentativa el juez sostuvo que se debían considerar “que los perjuicios están siendo demandados en un juicio que se sigue por Clínica Las Condes contra el Fisco de Chile, donde se reconoce que el Estado impuso medidas a Clínica Las Condes, las que le acarrearon una disminución en su patrimonio lo cual viene a evidenciar la falta de facultades del querellado, en su calidad de Gerente General, en cuanto a negarse a los requerimientos de la autoridad sanitaria”.

Posteriormente, pasado el mediodía, la magistrada Ximena Rivas también decreto el sobreseimiento de Hagel, calificando “abusiva la querella”, condenando en costas al recinto médico.

“La decisión de disminuir el pasivo es una decisión que parece razonable a la luz de las restantes. Esto es, proceder a la enajenación de bien raíz. Ciertamente. Digamos que toma más tiempo y asimismo e hacer una diferente valoración de bonos que hizo mención también la defensa o incluso una decisión contable. Esto ya había sido considerado una decisión razonable y antes de que se produjera la OPA y su resultado exitoso”, sostuvo la magistrada.

“Por lo mismo, querellarse con posterioridad por la ejecución de una decisión que fue debidamente estudiada, que fue ponderada junto con otras y que no solamente desde una perspectiva empresarial, sino incluso a ojos de esta juez resultaba mucho más rápido de ejercer y por ende más rápido de generar esta solución al problema de la ratio de endeudamiento es que parece abusivo ejercer una querella criminal”, remató.

Se trata de un revés por partida doble para la administración que encabeza Alejandro Gil, quien es secundado por Jerónimo García y Rodrigo Mardones, como gerente general y director médico, respectivamente. Más aún cuando el presidente del directorio de CLC se ha visto envuelto en una serie de polémicas y conflictos, como el despido masivo de médicos y el litigio contra el Fisco de Chile por la atención de pacientes durante la pandemia.

Cabe recordar que Gil también enfrenta una causa judicial, iniciada tras la denuncia de las autoridades sanitarias por haberse suministrado una tercera dosis de vacuna contra el Covid-19 sin autorización.

La abogada del exgerente general de CLC, María Trinidad Luengo, manifestó que “el fallo del tribunal es categórico respecto a la inocencia de don Fredy Jacial, quien actuó en todo momento conforme a la ley y a las exigencias de la autoridad sanitaria sin causar perjuicio patrimonial alguno a Clínica Las Condes”.

Frente a la decisión, el abogado de Clínica Las Condes, Marcelo Sanfeliú, sostuvo que “la resolución del tribunal no se condice para nada con lo que se le imputa a Jacial en la querella y en la investigación (...) nunca se ha imputado a Jacial haber aceptado pacientes en exceso, lo que se le imputa es haber omitido esa información sumamente relevante y material al directorio de CLC para que el directorio pudiera tomar decisiones como órgano de administración de acuerdo a la ley de sociedades anónimas. Ese es el núcleo de la imputación penal”, acotó.

Junto con esto anunció que recurrirán a la Corte de Apelaciones de Santiago para que se revierta esta resolución de primera instancia.

A cargo de la defensa de Jaime Hagel estuvo el abogado Francisco Velozo, socio del estudio Contreras-Velozo.

Una “situación compleja”

Todo comenzó cuando el pasado 17 de mayo, Clínica Las Condes presentó la acción penal, imputando a Jacial de provocar un ejercicio de $ 8.500 millones al capital social de la empresa durante su gestión.

En la querella, la clínica sostuvo que el directorio nunca fue informado del valor GRD (Grupo Relacionado a Diagnóstico) que se iba a aplicar a los pacientes de Fonasa derivados por la Unidad de Gestión Centralizada de Camas (UGCC) del Ministerio de Salud.

“Este hecho es gravísimo, ya que el gerente general de la época, don Andrés Illanes Guzmán, junto con el director y posterior gerente general de CLC, don Fredy Jacial Ellis, firmaron el día 6 de abril de 2020 (4 días hábiles después de esta sesión de directorio), una declaración de aceptación de los términos de referencia del mecanismo de pago por GRD por las atenciones producidas por la Alerta Sanitaria del Coronavirus (COVID19)”, indica la querella.

De acuerdo a la CLC, desde el 5 de mayo el directorio ya contemplaba que la clínica recibiera desde la red pública una gran cantidad de pacientes derivados. Ese día, en una sesión de directorio al que asistieron Illanes y Jacial, se rindió una cuenta médica por la situación del Covid-19.

En ese contexto, el director médico de CLC, René Tejías Ramírez, y el entonces director del recinto, Enrique Paris, manifestaron una “situación compleja”. “En 12 o 14 días más llegarán muchos pacientes a las UCI de instituciones públicas y privadas (...) CLC recibirá muchos pacientes derivados”, dijo Paris en esa ocasión.

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