Asociación de Magistrados advierte “severa afectación a la independencia judicial interna” tras suspensión de juez Urrutia

juez Daniel Urrutia

La organización pidió anular de oficio la decisión.


La Asociación Nacional de Magistrados emitió una declaración pública tras la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago respecto al juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Daniel Urrutia, luego que se ordenara la instrucción de una investigación sumaria administrativa en su contra y la suspensión de sus funciones mientras dure este proceso indagatorio.

La asociación pidió a la corte capitalina anular de oficio la decisión , permitiendo que operen los canales legales de impugnación”.

“Hoy, hemos visto cómo la Corte de Apelaciones de Santiago, en resolución de pleno -instancia administrativa y no jurisdiccional- resolvió suspender los efectos de una resolución dictada por el juez de garantía Daniel Urrutia, afirmando que se trata de una ‘medida preventiva’, lo que necesariamente nos lleva a entender que sólo ha tenido a la vista lo dispuesto en el Acta n°15-2018 de la Corte Suprema, única normativa que permite esa figura, que por lo demás ha sido cuestionada en su legalidad por esta asociación”, señala el texto.

“Sorprende que, a pesar de fundar su resolución en dicha acta, olvidan lo que expresamente dice la misma en su artículo 4°: Resoluciones no impugnables por vía disciplinaria. No procederá abrir proceso disciplinario por decisiones contenidas en resoluciones judiciales dictadas en asuntos jurisdiccionales, existan o no recursos procesales que permitan impugnarlas”, se agrega.

La declaración afirma que lo anteriormente expuesto “no es lo más grave, sino la severa afectación a la independencia judicial interna. Incluso el recurso de queja, tantas veces objetado por este gremio precisamente por su incidencia en debilitar la independencia interna, exige que sea la parte agraviada quien lo interponga”.

“Incluso, de operar las reglas del Código Orgánico de Tribunales, que permiten de oficio investigación disciplinaria, debe aplicarse un debido proceso antes de resolver y ello no puede concluir en anular una resolución, ni suspender al afectado en el ejercicio de sus funciones sin ser oído. Es decir, ni aún en el peor escenario legislativo es posible llegar a una afectación directa a la independencia judicial interna, de la forma en que se ha hecho en esta ocasión”, afirmó la asociación.

La tarde del martes 3 de marzo Carabineros detuvo en Plaza Baquedano a más de 40 personas de la denominada “primera línea” de las manifestaciones, que fueron formalizadas al día siguiente por desórdenes. En la oportunidad el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago descartó aplicar en su contra la prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público, sin embargo su decisión fue revocada por la Corte de Apelaciones de Santiago el pasado 13 de marzo. Basado en un acuerdo del comité de jueces del Juzgado, Urrutia decidió sustituir, vía oficio, la prisión preventiva que pesaba sobre 13 imputados de la causa por la medida cautelar de arresto domiciliario total, con el argumento del riesgo de contagio de coronavirus que hay en las cárceles chilenas. Eso motivó la intervención de la Corte de Apelaciones de Santiago que ordenó mantener la prisión preventiva de los imputados y suspender a Urrutia.

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