CDE va tras Iván Poduje y le exige restituir más de $12 millones por pagos indebidos del MOP
El organismo ingresó la demanda tras constatar que se desempeñó en el Consejo de Concesiones sin cumplir con los requisitos legales. "El trabajo fue realizado y nunca perdí mi condición de profesor de arquitectura. Solo se demoró el nuevo contrato, por lo que no corresponde descontar nada", se defiende el arquitecto.

Tras recibir el mandato del Ministerio de Obras Públicas (MOP), el pasado 2 de junio el Consejo de Defensa del Estado (CDE) activó acciones en tribunales civiles para que el arquitecto Iván Poduje restituya al Fisco las remuneraciones que recibió, según el CDE, de manera indebida.
De acuerdo a los documentos a los que accedió La Tercera, el profesional se desempeñó en el Consejo de Concesiones de la citada cartera sin cumplir con los requisitos legales, por lo que ahora la entidad presidida por Raúl Letelier pretende que devuelva a las arcas fiscales un monto que supera los $12 millones.
Para ello, el abogado procurador fiscal Marcelo Chandía ingresó una demanda ante el 11° Juzgado Civil de Santiago, de la cual el profesional fue notificado al mediodía del 8 de julio.
De hecho, el arquitecto ya confirió poder para que el abogado Javier Rozas asuma su representación.
Los antecedentes de la demanda
Como se lee en la acción judicial, Poduje fue designado consejero de la Comisión de Concesiones del MOP en su calidad de arquitecto y académico de la Facultad de Arquitectura de la Universidad Católica (UC), lo que lo habilitaba para el puesto.
Según el escrito de la demanda, “al menos durante el periodo comprendido entre el 16 de julio y el 1 de octubre de 2020 el demandado no ejerció como académico de una facultad de arquitectura, en contravención al requisito legal citado para ocupar el cargo de consejero al cual fue designado”.
El CDE precisa que con fecha 7 de agosto de 2020 Poduje suscribió un finiquito con la UC, declarando que con fecha 16 de julio de ese mismo año había renunciado voluntariamente a dicha casa de estudios.
Luego de eso, agrega la demanda, suscribió un contrato de trabajo en calidad de académico con la Universidad Mayor, pero a partir del 1 de octubre de 2020.
“Como se puede apreciar, el demandado no cumplió con el requisito de ser académico de una facultad de arquitectura entre el 16 de julio de 2020 y el 1 de octubre de 2020, periodo en el que se celebraron al menos tres sesiones del Consejo de Concesiones en las que el demandado participó. A saber, el 24 de julio de 2020, el 20 de agosto de 2020 y el 30 de septiembre de 2020″, precisa la acción civil.
“Se ha generado un enriquecimiento en favor del demandado por los pagos de las sesiones en las que participó de julio, agosto y septiembre de 2020, sin que se cumpliera con el requisito legal, y título habilitante para desempeñar el cargo, consistente en ser académico perteneciente a una facultad de arquitectura, lo cual implicó un desembolso de UTM 180, cuya restitución por este acto se demanda", se lee en el escrito.
De acuerdo con la normativa, el cobro se debe hacer incluyendo intereses, por lo que la cifra que se solicita restituir, al 2 de junio, era de $12.381.300.

Los descargos de Poduje
Consultado por la demanda, Poduje afirmó a este medio que el monto que reclama el CDE es inferior y sería de $9 millones más intereses. Además, el arquitecto objeta los motivos de la acción civil.
“Me cambié de universidad y se demoró el nuevo contrato en estar vigente. Y esos son los tres meses que el MOP objetó, pero nosotros no estamos de acuerdo”, asegura el arquitecto.
Sus razones apuntan a que asistió a las sesiones y, afirma, “cumplimos con el trabajo”. Poduje agrega que “una vez que el contrato con la otra universidad se formalizó, seguí en el consejo”. Dice que “si el MOP hubiera estado en desacuerdo me debió haber sacado, pero lo evaluó y no lo hizo”.
El profesional cuenta que rechazó el convenio que propuso el CDE, organismo que sugirió pagar el monto en 20 cuotas sin intereses ni multas. “El trabajo fue realizado y nunca perdí mi condición de profesor de arquitectura. Solo se demoró el nuevo contrato, por lo que no corresponde descontar nada”, concluye.
Un pago “sin sentido”
De acuerdo con las argumentaciones expuestas por el CDE para exigir la restitución de los dineros, se precisa que “todo pago supone una deuda u obligación destinada a extinguirse, de manera que, en el caso de marras, si no existe una habilitación legal que lo justifique, el pago carece de sentido y contraviene la lógica jurídica“.
En ese contexto, se agrega que “en nuestra legislación ‘quien paga aquello que no debe’ tiene acción para recuperar lo pagado".
“La obligación de restituir lo que se ha recibido indebidamente encuentra su fuente directa en uno de los principales cuasicontratos: el pago de lo no debido, que es un caso calificado de enriquecimiento que devino en incausado y se encuentra regulado en los artículos 2295 y siguientes del Código Civil”, complementa la demanda.
Así las cosas, el CDE releva que dichas normas son las que justamente buscan “impedir el lucro injusto de quien recibe un pago a expensas de aquel que lo ha efectuado por error, ya sea porque carezca totalmente de causa y nunca la haya tenido, o se haya extinguido, o se yerre en la prestación, en quien la hace o a quien se hace".
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