Congreso despacha a ley proyecto que prohíbe a colegios negar matrícula por deuda a causa del Covid-19

Cámara de Diputados. Foto: Agencia Uno.

La iniciativa fue visada hoy por la Cámara de Diputados por 144 votos a favor y una abstención. Establece que los establecimientos educacionales subvencionados, con financiamiento compartido y los particulares pagados, deberán elaborar un plan de medidas extraordinarias. Quienes se acojan a lo anterior, tendrán asegurados sus estudios en el mismo establecimiento para el año 2021, sin que se les pueda cancelar o impedir la renovación de éstos.


La Cámara de Diputados aprobó hoy el proyecto que prohíbe a los establecimientos educacionales particulares subvencionados y particulares pagados negar la matrícula para el año 2021 a estudiantes que presentan deuda, en el contexto de la crisis económica producto de la pandemia por Covid-19.

La iniciativa fue visada por 144 votos a favor y una abstención de la diputada María José Hoffmann (UDI). Con esto, la iniciativa quedó en condiciones de ser promulgada por el Presidente Sebastián Piñera.

Es importante que el presidente Piñera lo promulgue cuanto antes, ojalá hoy o mañana, porque las matrículas están ocurriendo en este momento. Ya nos retrasamos en el Congreso y no puede haber más retraso”, comentó la diputada Camila Rojas, una de las autoras de la iniciativa.

“El llamado es que el Ejecutivo lo promulgue cuanto antes. Lamentablemente, el Senado se tomó varios meses, tres meses y medio en despachar este proyecto a la Cámara de Diputados, nosotros lo pusimos en tabla con acuerdo rápidamente. La votación fue casi unánime, hubo solo una abstención. Esto habla de la necesidad de legislar en torno a que a las y los niños no se les cancele la matrícula, pese a que sus padres, madres o apoderados tengan deudas con los colegios. Lo que estamos haciendo es asegurar la continuidad de estudios para 2021 debido a la crisis del Covid-19”, agregó Rojas.

Detalles del proyecto

La iniciativa establece que los establecimientos educacionales subvencionados, con financiamiento compartido y los particulares pagados, deberán elaborar un plan de medidas extraordinarias -dentro del plazo de un mes desde la publicación de la ley-, que tenga como objeto garantizar la continuidad del proceso educativo de los estudiantes.

Este plan deberá explicitar las medidas extraordinarias, entre las cuales deberá considerarse, al menos, la reprogramación de cuotas de colegiatura pactadas para el presente año escolar 2020 y las reprogramadas con anterioridad al mes de marzo de 2020, para aquellos apoderados cuya situación económica se ha visto mermada producto de la pandemia.

Los estudiantes que se acojan a los citados planes, según el proyecto, tendrán asegurados sus estudios en el mismo establecimiento para el año 2021, sin que se les pueda cancelar o impedir la renovación de la matrícula.

Asimismo, se aprobó una norma que indica que los establecimientos deberán considerar la situación de las familias en la que se registre una rebaja en los ingresos de, al menos, un 30%, en comparación a este año.

De acuerdo a la iniciativa, si la flexibilidad en el pago de la deuda incluye la reprogramación en cuotas, no se podrán generar intereses, ni multas por mora. Esto, mientras se mantenga la situación de menoscabo en la economía familiar.

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