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El duro fallo que acusa a la Fiscalía de no exponer antecedentes ni un “relato claro” para sustentar imputación de Orrego en ProCultura

La Corte de Santiago dio un portazo a la Fiscalía y estableció que confundió eventuales faltas administrativas con delitos. Además criticó la falta de hechos contundentes y serios para sustentar la plausibilidad de los ilícitos imputados.

LUIS HIDALGO/ATON CHILE

El pleno de la Corte de Santiago despachó la sentencia con la que, de manera unánime por 24 votos contra cero, le dio un duro portazo a la solicitud de desafuero de la Fiscalía de Antofagasta en contra del gobernador metropolitano Claudio Orrego por el caso ProCultura.

El fallo de 50 páginas constituye un categórico reproche a la investigación que lleva el Ministerio Público al señalar que los fiscales confundieron eventuales faltas administrativas con delitos. Esto en una causa en la que Orrego es indagado por los eventuales ilícitos de fraude al Fisco, malversación por aplicación pública diferente y usurpación de funciones.

“Si bien el Ministerio Público describe una serie de hechos que, a su juicio, evidencian faltas o irregularidades administrativas, lo relevante es que aquello, por sí solo, no permite establecer responsabilidad penal”, se lee en la sentencia.

El pleno del tribunal de alzada capitalino estableció que “no siempre la infracción al principio de probidad administrativa configura un ilícito penal, cuestión trascendente, puesto que, para que prospere la solicitud en estudio, se deben acompañar antecedentes que permitan establecer con seriedad la plausibilidad del reproche penal”.

A juicio de la Corte de Santiago la Fiscalía de Antofagasta no fue clara “en señalar de forma concreta cuál es la conducta que se atribuye al gobernador Orrego que constituiría el delito de fraude al Fisco”. Los magistrados consideraron que “es imprescindible que se señale de forma clara la maquinación fraudulenta que origina la defraudación de la que el gobernador supuestamente era parte, cuestión que no se realiza en la solicitud”.

Los ministros expusieron que el Ministerio Público no imputó “de forma clara y concreta una conducta que satisfaga los elementos típicos objetivos y subjetivos del delito en cuestión”.

La Corte de Santiago además consideró que los fiscales tienen el deber “de entregar todos los elementos necesarios para sustentar su petición” y eso lo echaron de menos ya que los magistrados afirmaron que “ni siquiera se expone un relato claro respecto de la eventual participación del gobernador en el delito imputado”.

El pleno también aprovechó de mencionar que si bien se puede sostener que “la reacción del gobernador ante el incumplimiento de ProCultura fue tardía, lo relevante es que puso término anticipado al convenio respectivo y se requirió el cobro de las pólizas de garantía“. Junto con eso consignó que según los antecedentes del caso, el cuestionado programa “Quédate” orientado a la prevención del suicidio, fue diseñado “inicialmente atendiendo a una necesidad pública”.

Para la defensa de Orrego la sentencia es relevante debido a que “establece de manera expresa que, respecto de las imputaciones por los delitos de fraude al fisco, malversación por aplicación pública diferente y usurpación de funciones, no se acompañaron antecedentes que permitieran siquiera otorgar plausibilidad”.

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