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Las claves para entender la nueva Ley Antiportonazos

Ayer viernes el Presidente Sebastián Piñera promulgó la iniciativa que modifica el tratamiento de las penas de los delitos de robos y receptación de los vehículos motorizados o de los bienes que se encuentran en el interior de éstos.

Efectivos policiales realizando pericias en un vehículo robado. Foto: Mario Téllez/Archivo

Seis personas han muerto, en lo que va del año, producto de portonazos realizados en distintos puntos del país. Una de estas víctimas fatales fue Fabián González, quien con solo 22 años fue asesinado a tiros por delincuentes que intentaron quitarle su auto cuando llegaba a su casa ubicada en Estación Central acompañado por su madre. Los hechos ocurrieron en enero pasado.

Justamente, el hogar en el que vivía Fabián fue el lugar escogido por el Presidente Sebastián Piñera para promulgar ayer viernes la Ley Antiportonazos que tiene como objetivo endurecer las penas de los delitos de robo y receptación de vehículos motorizados o de los bienes que se encuentran al interior de estos.

La iniciativa busca igualar las penas entre quien roba un auto y aquel que lo adquiere, a fin de desincentivar el uso o la reducción de los vehículos motorizados despojados a las víctimas mediante violencia o intimidación.

Modificaciones al Código Penal

1. La apropiación de un vehículo motorizado-valiéndose de la sorpresa o la distracción de la víctima- podrá llevar una condena desde los 3 años y un día, a los 5 años, y si se usa violencia o intimidación, se aplicará el tipo penal de robo con violencia o intimidación, con penas desde los 5 años y un día, a los 20 años.

2. La iniciativa también estipula que la fractura de vidrios en vehículos con personas al interior es un robo con violencia e intimidación, lo que implica penas que van desde 5 años 1 día hasta 20 años.

3. La ley establece que si al momento de producirse el robo o hurto de un vehículo motorizado, se encuentra en su interior un infante o una persona que no pueda abandonar el vehículo por sus propios medios, y el autor del robo o hurto inicia la conducción del mismo, se aplicará la pena de presidio mayor en sus grados medio a máximo que va desde los 10 años y un día a 20 años.

4. Se agravará la figura de receptación de vehículos motorizados y tendrá una pena de 4 a 5 años si había conocimiento de que se ejerció violencia en la apropiación.

Cambios en la Ley de Tránsito

La iniciativa también establece que en el Registro de Vehículos Motorizados que lleva el Registro Civil se anote, además, las denuncias por robo o hurto de vehículos motorizados. La anotación constará en los certificados de inscripciones y anotaciones vigentes del vehículo.

Modificaciones en la Ley del régimen legal para la industria automotriz

Se agrega la obligación de los importadores de automóviles -terminados o en proceso de confección- para que sean ellos quienes realicen la primera inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados, así como la obtención de la placa patente única.

Introduce otras normas

Se establece la obligación de las aseguradoras de vehículos motorizados de entregar, sin costo alguno, dispositivos GPS, correspondiéndole al propietario del vehículo la instalación y activación.

Se incorpora un nuevo requisito para la comercialización de nuevos vehículos, a fin que éstos cuenten con un dispositivo de protección contra la utilización no autorizada, (como "corta corrientes" u otros) según lo que reglamente el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

Se establece una nueva obligación para las concesionarias de ruta que operen con sistemas electrónicos de cobro para proporcionar al Ministerio Público información actualizada y en forma inmediata del tránsito de vehículos que se registren por sus pórticos en caso de denuncia por robo o hurto de vehículos.

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