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¿Quién es Sissi Bertoglio-Talap, la jueza que autorizó la interceptación a Huneeus solicitada por el fiscal Cooper?

La magistrada ha visto causas como el caso Democracia Viva, donde dictó prisión preventiva en contra de Andrade y Contreras. También fue ella la que dijo "no" a la solicitud de pinchazo telefónico al Presidente Gabriel Boric.

Una contundente resolución dictó la tarde del viernes la Corte de Apelaciones de Antofagasta. En una resolución de 47 páginas, el tribunal de alzada decretó que la interceptación solicitada por el fiscal regional de Coquimbo, Patricio Cooper, en contra de Josefina Huneeus, exesposa del director de ProCultura, Alberto Larraín, era ilegal.

En ese dictamen, que apuntó al centro de la causa del caso ProCultura, la Corte cuestionó en duros términos al Ministerio Público por pedir interceptar a la psiquiatra pese a que no existían los antecedentes suficientes para requerirlo. Sin embargo, el tribunal de alzada también dedicó más de un argumento en contra de la magistrada Sissi Ivonne Bertoglio-Talap Cortés (49).

Lo anterior, dado que la magistrada fue quien autorizó el requerimiento del Ministerio Público para interceptar las llamadas de Huneeus, quien no era el objetivo inicial del ente persecutor. De dicha diligencia surgieron escuchas como las comunicaciones de la psiquiatra con su madre, Marta Lagos, y con el propio Presidente Gabriel Boric.

“Si desde ya resulta extraño que el acusador institucional se comporte como policía y no ajuste sus actuaciones a la legalidad vigente, más anómalo resulta que la jueza de garantía no advirtiera la ilicitud ramplona devenida en el actuar de los agentes policiales y decidiera acceder a la petición fiscal, con una resolución de formato que validó las graves vulneraciones de garantías que hoy se denuncian”, apuntó la resolución de la Corte de Antofagasta a la magistrada.

La magistrada, además, fue quien rechazó la solicitud del propio Cooper el 2024 para interceptar las llamadas del Presidente Boric. Decisión que fue ratificada por la Corte tras apelación de la Fiscalía. “No comparte este tribunal la conclusión a la que llega el Ministerio Público”, afirmó en su resolución la jueza 15 de noviembre del 2024.

21 años de experiencia

El 2004, la recién egresada de Derecho de la Universidad Gabriela Mistral, Sussi Bertoglio-Talap juró como abogada ante la Corte Suprema. Ese sería el inicio de una extensa carrera en los tribunales de la también egresada del Colegio Divina Pastora de La Florida, en la Región Metropolitana.

Si bien la mujer de 49 años creció en la capital, la carrera de la ahora magistrada del Juzgado de Garantía de Antofagasta siempre se ha desempeñado en esa ciudad, donde ha ocupado diferentes cargos en el Poder Judicial.

La magistrada que por estos días ha debido enfrentar una polémica autorización en el caso ProCultura, previamente fue integrante del Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Calama y jueza de Familia en Antofagasta. En ese cargo, fue autora de una columna de opinión del diario El Mercurio de Antofagasta, sobre la aprobación del Acuerdo de Unión Civil el 2015.

En términos personales, la magistrada es casada con el también abogado Pedro Fuentes, quien se desempeña en el ámbito privado en la zona norte. Además, es madre de dos hijos, tiene cinco hermanos y, según su declaración de intereses, es propietaria del 50% de la Inmobiliaria e inversiones Bertoglio y Fuentes limitada, donde comparte propiedad con su esposo.

Las causas de Bertoglio-Talap

La causa de ProCultura no es la primera que lleva a las noticias el nombre de la magistrada, ni tampoco su vista del caso Convenios. En diciembre del 2023 la jueza decretó la prisión preventiva en contra del exseremi de Vivienda de Antofagasta Carlos Contreras y del encargado de la fundación Democracia Viva, Daniel Andrade.

En esa ocasión la jueza participó de un video del Poder Judicial para explicar las razones por las que los dos imputados, emblemáticos de la investigación por presuntos delitos de corrupción, quedaron tras las rejas.

Bertoglio-Talap, además de las autorizaciones de interceptaciones por el caso ProCultura, también ha visado otras diligencias de la Fiscalía de Antofagasta, como las diligencias en la investigación del Ministerio Público en contra de la diputada Catalina Pérez por un presunto aborto fuera de las tres causales.

En delitos de corrupción, la magistrada también ha revisado la causa del caso en contra del exalcalde de Antofagasta Jonathan Velásquez.

En la misma jurisdicción, Bertoglio-Talap ha participado en la Comisión de Libertad Condicional.

La “escueta” respuesta

Previo a la resolución de la Corte de Antofagasta, a raíz del recurso de protección presentado por la defensa de Josefina Huneeus, el mismo tribunal de alzada requirió el pronunciamiento de la magistrada dado el cuestionamiento que existía a la autorización de interceptación telefónica que autorizó el 2024.

En siete párrafos, la magistrada justificó su autorización afirmando que el Ministerio Público “hizo presente que el número asociado al imputado Larraín Salas correspondía a la recurrente, lo anterior originado por constar dicho número en los antecedentes de Dicom del encartado. Conforme los informes aportados por la Fiscalía se autorizó la interceptación en los términos solicitados mediante resolución de la misma fecha”.

Además de eso, la jueza destacó que la medida intrusiva ya no estaba vigente y afirmó que el tribunal actuó “conforme a derecho y dentro del marco de sus atribuciones, estima esta jueza que no existe privación u amenaza legítima a la libertad del recurrente”.

Esa respuesta, calificada como “escueta” por la Corte, además, a juicio del tribunal de alzada, “no se hizo cargo de las consideraciones que tuvo en vista al pronunciar los dictámenes de 6 de diciembre de 2024 y de 10 de febrero de 2025”.

Consulta respecto a la resolución del tribunal de alzada, la presidenta de la Asociación de Magistradas y Magistrados del Poder Judicial, Mariela Hernández, afirmó que la organización no se pronuncia sobre casos judiciales en proceso. Pese a eso, destacó que “cuando se solicita a un Juzgado de Garantía alguna medida de carácter intrusivo, como son las interceptaciones telefónicas, entre otras, todos los jueces y juezas resuelven sobre la base de antecedentes que el Ministerio Público les exponen en sus solicitudes”. 

Pese a la contundente resolución de la Corte, el fallo no considera ni ordena cualquier proceso administrativo en contra de la magistrada, quien inició la jornada de este lunes a las 8.30 horas con una audiencia de cierre de investigación en una causa por tráfico de drogas.

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