Colusión en las farmacias: estudio recomienda compensaciones por hasta US$ 10,7 millones

Informe del académico Aldo González a solicitud del Sernac, propone un piso de US$ 3,12 millones para resarcir a usuarios. Investigador prepara informe por CMPC. Según entidad de defensa del consumidor "ambos casos son similares".




Compensaciones entre $ 2.064 millones y $ 7.102  millones -equivalentes a entre US$ 3,12 millones y US$ 10,7 millones al tipo de cambio actual, respectivamente- tendrían que pagar en compensaciones a sus clientes las tres cadenas de farmacias que entre diciembre de 2007 y marzo de 2008 se coludieron para subir los precios de 206 medicamentos. Esto según un informe pericial desarrollado por el académico Aldo González a solicitud del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac).

De acuerdo con el informe de 40 páginas, que forma parte de las pruebas que analiza el 10° Juzgado Civil de Santiago donde se tramita la demanda colectiva del Sernac contra las cadenas SalcoBrand, Ahumada y Cruz Verde, "la cuantificación de daños se realizó comparando los precios y cantidades transadas en el periodo de colusión con aquellas que habrían concurrido en un escenario de competencia".

González, ingeniero civil y doctor en economía de la Universidad de Toulouse es además uno de los expertos contratados por el Sernac para determinar las compensaciones que Empresas CMPC deberá pagar a sus clientes por el caso de colusión en el mercado del papel tissue (ver recuadro).

Para el informe de las farmacias, el investigador y acádemico de la Universidad de Chile  utilizó dos métodos para determinar el daño a los consumidores: uno, con el sobreprecio pagado por los clientes que tras el alza generada por la colusión siguieron adquiriendo el producto, y otro que considera el perjuicio experimentado por quienes no pudieron seguir comprando los remedios, debido a su encarecimiento artificial.

Hace dos semanas, Gonzáles concurrió al Tribunal para declarar sobre el caso.

Daño a consumidores 

De acuerdo con el documento, el daño a los consumidores por el alza concertada de precios se verificó en una combinación de comportamientos que va desde que los clientes tuvieron que dejar de comprar los remedios,  adquirieron menos, o no variaron su consumo.

En enero de 2012, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) sentenció que las tres grandes cadenas de farmacias se concertaron para subir los precios de una lista de medicamentos en que figuraban desde anticonceptivos orales hasta antihistamínicos y antidepresivos de venta bajo receta médica. Cruz Verde y Salcobrand fueron condenadas a pagar una multa de 20.000 UTA, unos US$ 16, 6 millones actualmente. En el caso de FASA, el TDLC no aplicó multa tras alcanzar un acuerdo conciliatorio con la Fiscalía Nacional Económica, que implicó el pago de una suma cercana a US$ 1 millón en compensaciones a sus clientes.

En su sentencia condenatoria, el TDLC definió que al momento de coludirse las tres cadenas manejaban el 90% del mercado de la venta de medicamentos en el país, y que si se medía sólo en el caso de los remedios afectados por la colusión, la participación de mercado alcanzaba a entre 70% y 99%. Además, estos medicamentos equivalían al 16% de los ingresos de las cadenas y el hecho de que fueran remedios que sólo se podían comprar con receta médica, indicaba que se trataba de medicinas necesarias para la población consumidora.

Por lo mismo, en la determinación del monto de la multa, el TDLC consideró en ese entonces la gravedad de la colusión, ya que además de su impacto en el mercado, los medicamentos analizados eran en su mayoría drogas utilizadas para el tratamiento de enfermedades crónicas. Ese tribunal especializado determinó además que la coordinación de precios permitió a las tres cadenas evitar mayores costos.

Sentar un precedente

En su informe, González advierte que la cuantificación de daños derivados de actos anticompetencia, donde los afectados son un grupo numeroso de consumidores, no presenta gran desarrollo en el país, pero que sí lo hay en otros países como Estados Unidos y en Europa. Por ello, para su peritaje utilizó las directrices de la Unión Europea y la OCDE. Es por eso que su informe cobra hoy relevancia, ya que podría sentar un precedente. El documento, fue obtenido por este diario a través de  la Ley de Transparencia.

Para su análisis, el investigador utilizó el precio de venta al público, porque éste reflejaba el valor pagado por los consumidores y no el precio de lista que es el que a nivel centralizado manejan las cadenas, pero que se usa de manera referencial como el piso para el cual cada local -dependiendo de las políticas de cada cadena- puede realizar promociones o descuentos puntuales.

Lucro cesante 

De acuerdo con el documento, si bien no es necesario conocer la identidad de cada persona afectada para estimar el monto total de los perjuicios ocasionados por la colusión, sí es necesario saberlo para ejecutar las devoluciones. Al respecto, González no propone una fórmula de pago. "Los clientes de las farmacias no son un grupo de fácil identificación, puesto que ellos no poseen un vínculo contractual con esos establecimientos. Se trata de personas naturales que acuden de modo habitual o eventual a comprar medicamentos", establece el informe.

En su estudio, González recurre a la figura del lucro cesante, descrita en el Código Civil para determinar que el alza de precios derivada de la colusión es la acción causante de los perjuicios a los consumidores. "Al incrementarse de modo ilegal los precios, un conjunto de consumidores se vio privado de comprar un medicamento,  lo cual les produjo una pérdida de utilidad", argumenta.

El informe hace la salvedad de que del total de medicamentos analizados, hubo 10 en los cuales no se hallaron  alzas imputables a la colusión.

A principios del 2013 el Sernac presentó una demanda colectiva en contra de las tres cadenas de farmacias, luego que la justicia determinara en 2012 que Cruz Verde, Salcobrand y  Farmacias Ahumada participaron en conductas colusorias destinadas a alzar artificiosamente el precio de más de 200 medicamentos en el periodo comprendido entre diciembre de 2007 y marzo de 2008. Actualmente, el caso está entrando en su recta final: ya concluyó el período en el cual las partes podían rendir pruebas y sólo están quedando pendientes algunas diligencias probatorias.

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