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La pelea que viene entre CMPC y la sueca SCA: ¿quién articuló la colusión?

SCA dice que acordó fijar cuotas y precios bajo amenazas y coacción de CMPC. Así, intentará revertir la decisión de eximir de multa a la firma del grupo Matte. En CMPC responden que ninguna firma -menos una multinacional como SCA- se colude por 10 años bajo coacción. El Tribunal de la Libre Competencia dirimirá.

Coloquialmente en PISA, la papelera que ahora controla la sueca SCA, se le denominó el “welcome party”. Fue la manera, dicen, en que CMPC, el mayor actor del mercado del tissue, recibió a los nuevos gerentes que en 2005 se hicieron cargo del mando de la empresa: con una brusca baja de precios en los productos en que compiten. Era una manera de advertirles, interpretan en SCA, que no siguieran su camino propio y que se alinearan con los dictados del dominante para fijar cuotas de mercado y precios.

La sueca admite haber participado en el cartel que la FNE denunció esta semana y por el cual se delataron tanto SCA como CMPC. Pero con varios matices: que SCA tiene evidencia de las malas prácticas desde 2006 -y no desde 2000, como denuncia la Fiscalía- y que actuó bajo presión. La empresa lo hizo explícito en un comunicado ayer en el que tras ser notificada por la FNE de su investigación, la firma indagó internamente y constató actos contrarios a la libre competencia. “Con motivo de lo anterior, se acercó a la FNE y reconoció la participación de ejecutivos de la empresa en la conducta antes señalada, quienes manifestaron haber actuado coaccionados y bajo la amenaza de que la compañía sería sacada del mercado por la empresa dominante, haciéndola económicamente inviable”. La versión de SCA coincide con la que el jueves enunció Gabriel Ruiz- Tagle, fundador de PISA -ahora SCA Chile-, y accionista de la firma hasta 2012: las reuniones que sostuvo con ejecutivos de CMPC, dijo, “eran con el objetivo de reclamar por las múltiples arbitrariedades de que PISA era objeto por parte de la competencia”. En 2013, CMPC tenía una participación de mercado de 75% en las ventas minoristas de papel higiénico, toallas de papel, servilletas y pañuelos. SCA tenía el 11%. La sueca dice que es de toda lógica que un acuerdo equilibrado no puede sostenerse con ese desequilibrio tan manifiesto.

En CMPC rechazan la tesis de la coacción. Dicen, por ejemplo, que no puede sostenerse, durante más de 10 años, una colusión entre dos empresas solo bajo presión. Pero, además, resaltan dos elementos.

Uno, SCA es una empresa sueca con gigantescas espaldas financieras: tuvo ventas por US$ 13.940 millones en el mundo en 2014, versus los US$ 4.846 millones de CMPC. Y tiene 44 mil empleados, frente a 16 mil de CMPC.

Dos, el mayor productor de pañales de Colombia, donde la sueca tiene participación accionaria, se autodenunció en otro caso de colusión.

La discusión no es sólo semántica. Podría tener efectos concretos en la discusión judicial que viene.

Efecto sobre las multas

En el requerimiento presentado esta semana ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), la FNE pide eximir a CMPC de la multa, por haberse acogido a la delación compensada el 27 de marzo. Pero agregó lo siguiente: “Sin perjuicio de lo que el H. Tribunal pudiese disponer respecto a lo establecido en el inciso quinto del artículo 39 de bis del DL 211”. Ese texto establece que el TDLC no podrá multar a quien la FNE haya individualizado como acreedor de la excención de multa, “salvo que se acredite durante el proceso que dicho acreedor fue el organizador de la conducta ilícita coaccionando a los

demás a participar en ella”. A ello apuntará SCA en la discusión que ahora se abre en el TDLC. SCA, que es representada por los abogados José Joaquín Ugarte y Rodrigo Díaz de Valdés, de Baker & Mackenzie, intentará demostrar que CMPC la forzó a coludirse. Para ello, dicen en la empresa, tienen pruebas que lo acreditarían, incluyendo correos electrónicos. Si el Tribunal acoge ese reclamo, podría quitar el beneficio a CMPC -que es defendida por Cristobal Eyzaguirre, de Claro & Cía.- y multarla. Cercanos a SCA dicen que este tema fue planteado al fiscal Felipe Irarrázabal, quien respondió que esa controversia debía ser discutida frente al TDLC y no ante la Fiscalía, que no tiene atribuciones para abrir etapas probatorias. Ambas empresas tienen 20 días hábiles para responder el requerimiento. Y ahí comenzará la disputa abierta en el Tribunal.

SCA, que accedió al beneficio de reducción de la multa, a US$ 15 millones, enarbolará otro argumento: CMPC se delató primero que ellos porque la FNE la comunicó antes la investigación. SCA fue notificada oficialmente el 3 de abril que era sujeto de investigación, por lo que su competidor, en el plano de la delación compensada, corrió con ventaja. SCA se autodenunció recién en octubre y no sabía, dicen en la firma, que CMPC ya se había delatado.

El jueves, Felipe Irarrázabal aclaró que la exención de sanción económica tiene efectos solo en relación a la multa, “no así en relación a la indemnización de perjuicios”.

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