Columna de Carlos Mora: Ralentización del sistema de justicia

audiencia Centro de Justicia


La extensión en la tramitación de las causas del sistema de enjuiciamiento penal no solo ha impactado en su duración promedio, sino también en la garantía del debido proceso y del plazo razonable, afectando -con ello- al imputado, a la víctima y a la eficacia e imagen del sistema procesal penal.

De acuerdo a cifras del Poder Judicial, recogidas en el diario La Tercera, el período desde que ingresa una causa hasta que se logra una condena, pasó de un promedio de 222 días en 2015, a 472 en 2022.

Sin perjuicio de lo anterior, es necesario hacer distinciones relevantes para evaluar posibles soluciones. En efecto, se debe analizar lo que ha venido ocurriendo con las denominadas causas complejas, desde una perspectiva probatoria.

La regulación legal existente no se ha hecho cargo -adecuadamente- de sus particularidades, lo que se traduce en problemas para la persecución penal, específicamente, respecto al desarrollo de investigaciones oportunas y eficaces; y al manejo de las pruebas de carácter tecnológico, documental o pericial, tanto en las audiencias de preparación del juicio oral para su admisibilidad, como en el juicio oral para su incorporación o actuación.

Asimismo, enfrentamos problemas en la tramitación de ciertos procedimientos especiales, como el simplificado, que han tenido modificaciones en su aplicación práctica que van mucho más allá de lo que se contempló en su diseño original y que requieren ajustes legales que uniformen su tramitación.

Otro problema general que afecta al resto de las causas que se tramitan en el sistema es su falta de seguimiento, evaluación y control, y que ha producido una burocratización del sistema y una gestión deficiente. Por ejemplo, problemas de notificación; reagendamiento de las audiencias; falta de control efectivo de los plazos de investigación; el establecimiento de responsabilidades de abogados que tienen comportamientos cuestionables en su mérito, como las renuncias intempestivas antes de la realización de audiencias judiciales relevantes; y la depreciación del sentido de la audiencia de preparación de juicio oral, fundamentalmente respecto de cuestiones probatorias que debieran resolverse en las mismas instancias.

A ello se suma la falta de sofisticación y la demora de los organismos técnico-colaboradores de la función investigativa pericial del Ministerio Público, y la intervención excesiva de querellantes en los procesos.

Los ejemplos señalados, a propósito de la burocratización del sistema, no requieren de una reforma normativa para su solución, sino de análisis e innovación de los procesos de trabajo institucionales. Es de esperarse, entonces, que la solución de las problemáticas descritas, apunte a una mejor gestión del sistema de enjuiciamiento penal.

Por Carlos Mora, defensor nacional

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