Columna de Jaime Mañalich: La entereza de Ximena



Tal como había comprometido, el Senado aprobó la “ley corta de Isapres”. Esta ley permite al Ejecutivo definir aspectos técnicos que, evidentemente, no eran tarea del Poder Judicial cuando emitió sus fallos sobre los reclamos de afiliados de los seguros privados. Se definen mecanismos para cumplir las resoluciones que ponen límite al alza de los precios base, definen una única tabla de factores para indexar los gastos de cotizantes y cargas de acuerdo con la edad, y obligan a una reducción de la prima GES en las aseguradoras que hayan cobrado más de cierto límite.

El proyecto da a Fonasa la facultad de licitar seguros complementarios pagados por los afiliados por sobre la cotización obligatoria; pero es insuficiente para materializar una reforma sustantiva. Debería considerarse para este propósito el mensaje enviado el año 2020, que crea un seguro público no capturado políticamente y que se hace cargo con eficiencia de lo central, sus beneficiarios.

Respecto a Isapres, lo aprobado apunta a una transición de menor riesgo para los beneficiarios privados y del propio Fonasa que hoy reciben cuidados en una red mixta. Este puente es necesario mientras se define por ley, una renovación global del sistema sea que se opte por multiseguros con libertad de elección, como consagra la Constitución, o un seguro único administrado por el Estado. Sin embargo, e independiente que ya existe la ley que permite un recálculo del “IPC de la salud”, e incorpora al precio base el mayor costo de la atención de menores de dos años, los elementos cruciales que autorizan el ajuste del precio base por una vez, y permite la solidaridad retrospectiva de quienes cancelaron por un Plan de Isapre un monto inferior al 7% obligatorio, aprobados por el Senado, enfrentan un difícil trámite en la Cámara. Aún más, el oficialismo ha anunciado un recurso al Tribunal Constitucional para revertirlos. El alza del precio base fue aprobado con el compromiso que el gobierno impondrá un límite a dicho aumento, lo que parece sensato.

El plazo para tener aprobada esta ley es mayo. Es deseable que el Ejecutivo mantenga la urgencia de su tramitación, porque una implementación de los dictámenes de la Corte Suprema, sin ley, al arbitrio de la Superintendencia de Salud, es de gran riesgo para la estabilidad de las atenciones, no solo para los beneficiarios de Isapres, sino sobretodo para los afiliados más vulnerables de Fonasa.

Destaca el rol asumido por la ministra de Salud en el liderazgo de este proceso, con prestancia, parsimonia y conocimiento, para encabezar un desafío enorme. Independiente del resultado final, es evidente que tiene la mirada en quienes son siempre el eje de dicha cartera: los que sufren, los que menos tienen, los que enferman. Ese debe ser el foco durante la tramitación de la Cámara. Son los colegisladores los que durante más de 10 años no han concordado una reforma de salud imprescindible. Es hora, y para ello, el trámite de “ley corta” se beneficiaría con un lineamiento general de lo que seguirá después como la “ley larga de salud”.

Por Jaime Mañalich, médico

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