Opinión

Frutos del árbol envenenado

Frutos del árbol envenenado Jonnathan Oyarzun/Aton Chile JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

En solo treinta páginas, el Acta de Deliberación emanada del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago demolió el caso SQM. La sencillez de su lenguaje invita a leerla y reflexionar. En cierta forma, es el resultado de una ordalía, cuyo final, al contrario de lo que solía ocurrir con los juicios de Dios, es un veredicto absolutorio de quienes el imaginario colectivo repudiaba por considerarlos autores indiscutibles de fraudes, falsificaciones, sobornos y cohecho.

El veredicto desenmascara un juicio que se reveló viciado por afectar las garantías constitucionales del debido proceso, por la obtención de pruebas ilícitas y por la deficiente formulación del caso. ¿Quién puede no impresionarse con los datos que revela? 560 audiencias, 200 testigos interrogados incluso cuando ya no les eran exigibles recuerdos precisos, cientos de documentos, algunos repetidos hasta cuatro veces, una indecible cantidad de fiscales, procuradores, auxiliares. El proceso quedó manchado por una falla gravísima. No es tolerable la vulneración de los principios que conforman el Estado Democrático y Constitucional de Derecho. La extensión abusiva del juicio transgrede la garantía universal de ser juzgado en un tiempo razonable. Eso no es otra cosa que convenir que las limitaciones y restricciones a la libertad, la honra y la integridad psíquica personal y familiar que apareja un proceso criminal en curso deben ser menos ruinosas que la condena final. Si ello no llega a ocurrir es porque el proceso anuló el fin perseguido con la pena.

Solo recordemos que el origen de las causas fue lo que se llamó el financiamiento irregular de la política, figura inexistente al tiempo de los hechos. Lo que invocaron las querellas fue un fraude tributario. Si hablamos de esta clase de delito, el monopolio de la acción penal correspondía al Servicio de Impuestos Internos. ¿Y qué hizo éste? Una selección discriminatoria y caprichosa entre contribuyentes que habían incurrido en iguales conductas. El Servicio actuó como un César que mandó al banquillo a unos y a otros los liberó, cometiendo un abuso manifiesto y reprobable.

El veredicto plantea la cuestión de la impunidad de los acusados. Es necesario hacerse cargo de la excusa de quienes insisten en la imputación de los absueltos apelando a la sanción moral. Se pretende, y es posible que tengan cierto éxito, que la opinión pública se sienta defraudada y mantenga su repudio por los exonerados de culpa, tal como ocurre con aquellos casos de criminales beneficiados por la prescripción. Esa conciencia social de lo bueno y lo malo, sin embargo, no debe ser manipulada. Al contrario, debiera tenerse en cuenta que en estos días se reviven pruebas que el veredicto rechazó por haber sido obtenidas ilícitamente. A esta clase de pruebas se las conoce como frutos del árbol envenenado, expresión penal tan severa como lo son sus efectos anulatorios de la evidencia. Ofrecérselos a la sociedad por los medios de prensa para exhibirle un triunfo que no es jurídico sino moral, degrada el sistema de justicia y es una forma de excusa que no resulta tolerable en un Estado Democrático de Derecho.

Por Álvaro Ortúzar, abogado

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