Opinión

¿La migración irregular es delito?

(Photo by DIEGO REYES / AFP) DIEGO REYES

SEÑOR DIRECTOR:

El Congreso está discutiendo un proyecto que busca ampliar la detención de personas frente a infracciones administrativas, para que Carabineros y PDI tengan nuevas herramientas para identificar la migración irregular. Si bien, el objetivo es colaborar en la detección de casos y facilitar las gestiones de expulsión administrativa, éste también permite la detención de personas migrantes, criminalizando así la migración irregular. Esto, a pesar de que la ley 21.325 indica con claridad que “la migración irregular no es constitutiva de delito”.

Además, con este proyecto se estaría alterando el Código Procesal Penal, que señala que la detención de personas solo es posible mediante un delito flagrante o una orden judicial de detención.

Y como si eso no bastara para replantear por completo el proyecto, éste tampoco extiende las facultades de control preventivo de identidad, establecidas en la ley Nº 20.931, las que solo habilitan a funcionarios policiales a verificar la identidad de mayores de 18 años, en lugares públicos o de acceso público.

En resumen, el proyecto está olvidando tres principios elementales:

1. Toda medida restrictiva de derechos esenciales debe cumplir con los requisitos de razonabilidad, necesidad y proporcionalidad.

2. Toda persona detenida tiene el derecho a ser conducida sin demora ante un juez, para controlar la legalidad de su detención.

3. Según la Constitución, no es posible hacer distinciones de trato no razonables o no proporcionales entre nacionales o extranjeros. Lo contrario sería atacar el principio básico de la igualdad ante la ley e impulsar reformas derechamente inconstitucionales.

Alexis Aguirre Fonseca

Abogado

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