Ley Zamudio



SEÑOR DIRECTOR:

En la carta publicada ayer en La Tercera por el abogado de Comunidad y Justicia Gustavo Baehr, y titulada “Reforma a la Ley Zamudio” hay imprecisiones inaceptables. Sea por falta de prolijidad en el seguimiento de la discusión parlamentaria o por ceguera ideológica, el señor Baehr parece ignorar que lo que está sobre la mesa es el anhelo de los chilenos por dar término a la impunidad y a la arbitrariedad de trato.

En primer lugar, es importante que consideremos que la normativa lleva más de diez años en funcionamiento y que, por lo tanto, no resulta extraña para el sistema judicial. Luego, la preocupación en torno a una supuesta desvinculación entre derechos fundamentales y discriminación es infundada: la discriminación es en sí misma una afrenta a los derechos fundamentales de las personas.

Por último, lo que se busca establecer en relación a la carga de la prueba no es invertirla, sino que cuando haya indicios de que la persona demandada -natural o jurídica- es la más idónea para esclarecer una situación, el juez tenga la posibilidad de solicitar dicha información. La prueba indiciaria, mecanismo de prueba que se aplica en el derecho laboral sin problemas, promueve que prevengamos la discriminación. Una empresa con políticas de inclusión y no discriminación no tendría ninguna dificultad en dar cuenta de que no ha discriminado. Este es el punto más importante de la discusión: la ley que busca establecer medidas contra la discriminación debe incentivar la prevención. Es por eso que la principal demanda respecto a la modificación de la normativa es que el ejecutivo cree una institucionalidad que se dedique a prevenir la discriminación.

Isabel Amor

Directora Ejecutiva de Fundación Iguales

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