Parlamento de facto

Sala de la Cámara de Diputados. Foto: Cámara de Diputados.


Por Álvaro Ortúzar, abogado

El Presidente de la República, por fin, ha ejercido sus facultades de recurrir al Tribunal Constitucional para evitar un nuevo resquicio legal del Parlamento, consistente en modificar la Carta Fundamental por medio de maniobras que se apartan de nuestra legislación máxima. El Congreso ha decidido gobernar de facto por medio de iniciativas legislativas que no le son propias, sino del Ejecutivo, e introducir cambios a la Constitución por la vía de artículos transitorios que exigen menores quórums.

El requerimiento ante el TC se refiere al segundo retiro de fondos de las AFP, que es un proyecto nacido en el Parlamento, y cuya iniciativa la Constitución no le reconoce. Buena parte del oficialismo lo rechazó anteriormente, más que nada por su visión del sistema de pensiones. En este orden de ideas, el origen formal del requerimiento parece una arista de la discusión, pues hay algo que evidentemente confunde a las personas: el gobierno ha presentado, al tiempo del requerimiento, un proyecto de ley sobre el mismo retiro, aunque acotado a ciertos fines y requisitos. Esto representa una contradicción ideológica respecto a lo que es el sistema de pensiones, cuyo reparto anticipado antes había sido rechazado por parte del oficialismo. Presentar un proyecto, aunque sea con condiciones, es una abdicación que perjudicará a los futuros pensionados y a las personas de menores recursos, y, probablemente, a la reforma del sistema previsional. Todo indica, entonces, que la presentación al TC se enfoca a buscar evitar que parlamentarios presenten nuevas iniciativas para el retiro de nuevos fondos de pensiones, que son prerrogativa del Presidente de la República.

Si suponemos que el Ejecutivo tiene éxito, y el TC declara que el único con facultades para presentar proyectos como el actual es del Presidente, se evitarán, como se dijo, más retiros a futuro. Eventualmente, respecto de el o los anteriores, se presentará un complejo problema político-jurídico, pues una ley que se aprobó contrariando la Constitución es nula de derecho público, dado que el Congreso se atribuyó más facultades que las que la Carta Fundamental le concede.

La presentación al TC ha desatado reacciones en la oposición, amenazando con que insistirán en su propia reforma pues han obtenido altos quórums. Este argumento es falso, pues no es cuestión del número de votos de aprobación, sino de la iniciativa de la ley. Hay que ponerlo de relieve una y otra vez: esta actitud está sancionada con la destitución de quienes pretenden alterar el orden institucional por medios diversos a los que la Constitución establece. Igualmente, se trata de un notable abandono de deberes de los parlamentarios, el primero de los cuales es respetar las normas fundamentales y es castigado con la destitución. ¿Habrá coraje para enfrentar esta situación o viviremos bajo el abuso de los resquicios y la hegemonía de un Parlamento de facto?

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