Columna de Daniela Sugg y Francisco León: ¿Qué costo esperar de la ley corta de Isapres?
El proyecto de “ley corta de Isapres”, que recientemente ingresó el Ministerio de Salud, tendrá impactos directos que requieren un modelamiento económico de los costos, ingresos y efectos que implicará un cambio normativo de esta magnitud. El informe financiero que acompaña el proyecto aborda solamente los cambios en Fonasa y no otras materias, lo que puede verse como una señal de que convendría separar las iniciativas: por un lado, la que busca aplicar el fallo de la Corte Suprema y, por otro, el que reforma Fonasa.
En ese sentido, en vista del contenido de los cambios propuestos para Fonasa, deben considerarse distintos escenarios para prever el impacto que tendrá la migración desde las aseguradoras privadas, así como valores sobre parámetros centrales.
De forma general, las estimaciones deberían considerar que la migración desde Isapres a Fonasa dependerá de los incentivos derivados de la comparación entre coberturas financieras de ambos sistemas. Por ejemplo, la Modalidad de Cobertura Complementaria (MCC) que se propone ¿genera mayor protección que la actual cobertura financiera de los planes de Isapre? Si es así, existirá migración de aquellos que pueden pagar y son indiferentes frente al tipo de asegurador.
En segundo lugar, debe considerarse que la migración Isapre a Fonasa dependerá de si el quiebre de las aseguradoras privadas es total o parcial en el corto plazo. Ello tendrá influencia sobre el número de personas que se moverán y su perfil de ingreso-costo-riesgo. Si el quiebre es parcial, pueden esperarse mayores costos para Fonasa, debido al fenómeno de selección adversa, donde personas con más riesgos y menos posibilidades de cambio al interior del sistema privado contraten el seguro público.
Asimismo, la existencia de la MCC genera incentivos para un uso más frecuente de prestaciones “de libre demanda” por parte de los actuales beneficiarios del Fonasa en la nueva modalidad de atención, lo que previsiblemente generará un mayor gasto por beneficiario.
En cuarto lugar, es clave definir cuánta capacidad de absorción tiene realmente la red pública asistencial y evaluar si existe capacidad ociosa. Sabemos que actualmente existe una gran lista de espera, por lo que la respuesta frente a un incremento en el número de beneficiarios debería ser la compra de servicios a privados y/o la inversión adicional en la red pública.
Finalmente, es fundamental considerar el costo variable por persona atendida, lo que implica contemplar todo lo que cada usuario “consume” en la red, como su gasto en APS (per cápita más programas de reforzamiento), hospitalización y atención ambulatoria.
En conclusión, es necesario realizar una evaluación cuidadosa y detallada de los posibles impactos de la ley recientemente ingresada, considerando diferentes escenarios y supuestos razonables sobre la realidad. Solo así podremos contar con estimaciones creíbles y útiles para la toma de decisiones. Como señaló Uri Levine: “enamórese del problema, no de la solución”.
Por Daniela Sugg, académica del Magíster en Gestión de Instituciones de Salud UDP, y Francisco León, consultor
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