Chile tendría “autonomías territoriales indígenas”: Convención aprueba la norma y será el Congreso el que defina todos los detalles para su implementación

Convención Constitucional.

El pleno optó por un camino que dejará en manos de la ley las competencias de estas instancias. Esa nueva legislación se realizará mediante un "procedimiento oportuno, eficiente y transparente para la constitución" de estos nuevos espacios de los pueblos originarios. Todo esto "deberá iniciarse a requerimiento de los pueblos y naciones indígenas interesados a través de sus autoridades representativas".


Pasado el mediodía de este martes 26 de abril comenzó una nueva sesión plenaria en la Convención Constitucional. Esta vez con el objetivo de votar el informe de segunda propuesta proveniente de la comisión de Forma de Estado.

Se trata de normas que anteriormente no alcanzaron el quórum de los dos tercios, en particular, pero si una mayoría en el pleno de la Constituyente sobre materias relativas a gobiernos comunales, autonomías territoriales y territorios especiales.

En ese marco, el hemiciclo sometió a votación -entre otras cosas- artículos relacionados a las autonomías territoriales indígenas, su constitución y competencias.

El artículo 19 del informe establece que estas “son entidades territoriales dotadas de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio, donde los pueblos y naciones indígenas ejercen derechos de autonomía, en coordinación con las demás entidades territoriales que integran el Estado Regional de conformidad a la Constitución y la ley”. Esta norma fue aprobada por 113 votos a favor, 34 en contra y 5 abstenciones.

En tanto, el inciso 2 de ese artículo que estipulaba que “el régimen jurídico de las Autonomías Territoriales Indígenas tendrá como base las normas y principios de esta Constitución, así como los tratados e instrumentos internacionales de derechos humanos sobre derechos de los pueblos indígenas de los que Chile es parte”, fue rechazado por 78 votos a favor, 43 en contra y 32 abstenciones.

Otro de los artículos que fue tema de discusión fue el número 21 y que trataba sobre la constitución de las autonomías territoriales indígenas. En esta norma se señala que la ley -a través de un proceso de participación y consulta previa- “creará un procedimiento oportuno, eficiente y transparente para la constitución de las Autonomías Territoriales Indígenas”. Esto se hará a petición de los pueblos y naciones indígenas interesados. El texto fue visado por 111 votos a favor, 37 en contra y 3 abstenciones.

Además, se rechazó -por 87 votos a favor, 41 en contra y 20 abstenciones- que la ley determine “el mecanismo de delimitación territorial de ésta, atendiendo criterios geográficos, culturales e históricos de los pueblos y naciones indígenas”.

También se resolvió sobre las competencias de las autonomías territoriales. El artículo 22 del informe plantea que “la ley deberá establecer las competencias exclusivas de las Autonomías Territoriales Indígenas y las compartidas con las demás entidades territoriales, de conformidad con lo que establece esta Constitución”, así como que “deberán tener las competencias y financiamiento necesario para el adecuado ejercicio del derecho de libre determinación”. El artículo que fue aprobado por 108 a favor, 39 en contra y 6 abstenciones.

El pleno también aprobó que las comunas autónomas “previa autorización por ley general o especial, podrán establecer empresas o participar en ellas, ya sea individualmente o asociadas con otras entidades públicas o privadas”.

Estas empresas públicas municipales “tendrán personalidad jurídica y patrimonio propio y se regirán por las normas del derecho común”.

El debate previo a la votación

La coordinación de la comisión -a cargo de Jeniffer Mella y Claudio Gómez- tuvo 10 minutos para presentar el informe. Asimismo, para la discusión en particular, los convencionales disponían de dos minutos para intervenir por una única vez.

La constituyente por el distrito 20, Amaya Alvez (RD), hizo uso de la palabra respecto a la autonomía de los pueblos indígenas. “Cuando los pueblos originarios son reconocidos, Chile gana. La norma que sometemos hoy al pleno no es ni indigenista ni separatista, por el contrario, es una norma democrática que nos une haciéndonos más fuertes en nuestra diversidad (...). Entre autonomía y coordinación se abre un nuevo espacio para un Chile del que debemos estar muy orgullosos “, dijo Alvez.

Por su parte, Ruth Hurtado (Partido Republicano), convencional por el distrito 22, señaló que “el concepto Wallmapu no es una creación ancestral, este concepto solo identifica a grupos radicalizados y violentos que aspiran a una nación mapuche autónoma (...). En simples palabras, esta expresión y su aceptación pone en riesgo la soberanía terrestre y marítima de Chile y Argentina”.

La constituyente del pueblo mapuche, Elisa Loncon, comentó a que “la autonomía amplía el debate democrático que necesita este Chile para reconsiderar la historia con los pueblos indígenas, sobre todo el Estado que tiene que responder los problemas que hoy día están instalados en los territorios indígenas”.

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