La última arremetida de Cencosud para intentar revivir Alto Las Condes 2 en Vitacura

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El conglomerado fundado por Horst Paulmann busca revertir la resolución de la Dirección de Obras de la Municipalidad de Vitacura que revocó el permiso de edificación del megaproyecto inmobiliario. En una extensa presentación ante la alcaldesa Camila Merino, el holding denunció seis presuntas "ilegalidades" y acusó que la resolución de la DOM “le genera evidentes perjuicios”.


El megaproyecto Alto Las Condes 2 -ideado en 2010 por el empresario chileno de origen alemán Horst Paulmann, dueño de Cencosud- vuelve a estar en una etapa clave.

El lunes 4 de abril, el brazo inmobiliario del holding, Cencosud Shopping S.A, presentó un escrito de 80 páginas ante la Municipalidad de Vitacura para que la alcaldesa Camila Merino (Evópoli) anule la resolución de la directora de Obras del Municipio (DOM), Carolina Zúñiga, quien revocó, a comienzos de marzo, el permiso de edificación otorgado al grupo en 2000.

Después de 22 años, el conglomerado busca revivir la iniciativa que considera una inversión de US$300 millones en un paño de 25.000 m2 y que podría tener conexión con la Línea 7 del Metro de Santiago.

Se trata de un proyecto histórico para el grupo, que incluiría un mall, torres de oficinas, departamentos, un hotel y una rascacielos de 55 pisos, y que surgió luego que en 1999 Paulmann compara el terreno al empresario empresario Carlos Celle Cafferata.

Esta es la última instancia administrativa del proceso para evitar la caducidad del permiso de edificación. En caso de que la jefa comunal confirme la resolución de la DOM, Cencosud podría acudir a tribunales por medio de un reclamo de ilegalidad en la Corte de Apelaciones de Santiago.

En una presentación de 80 páginas, el grupo denunció seis ilegalidades que supuestamente habría cometido la DOM en su resolución del 28 de febrero de 2022 que caducó el permiso de edificación. Entre ellas que “jamás abrió un procedimiento probatorio, no se indicó su plazo, impidiendo una defensa efectiva”.

Para Cencosud “la Dirección de Obras de la Municipalidad incurre en una frontal desobediencia de lo dictaminado por los tribunales superiores de justicia”.

En el escrito, firmado por el gerente de asuntos legales y relaciones institucionales, Sebastián Rivera, el grupo sostuvo que “la resolución N 218 es la última expresión de una seguidilla de actuaciones, omisiones y decisiones administrativas que abarcan un periodo de más de seis años, todas destinadas a cuestionar la vigencia del permiso de edificación de mi representada -y todas ellas revestidas y rechazadas por los tribunales de justicia o por los órganos especializados correspondientes-, lo que resulta incompatible con el grado mínimo necesario de seguridad jurídica para planificar adecuadamente y desarrollar una actividad empresarial”.

La compañía asesorada por los abogados Arturo Fermandois, Domingo Poblete y Vania González, del Estudio Fermandois, advirtió que la resolución de la DOM “le genera evidentes perjuicios”, impidiendo el desarrollo del proyecto.

“La resolución pretende constatar una supuesta paralización de obra de tres años por hechos ocurridos y verificados en el brevísimo lapso de tiempo de algo más de dos meses, lo que es de ya irracional; pero lo es más aún si prácticamente en la mitad de tal brevísimo período hay tres constancias que abarcan un período de 27 días -esto es, casi la mitad del periodo analizado- en que funcionarios de la propia municipalidad reconocen excavaciones en curso entre el 4 de mayo y el 31 de mayo de 2018″, añadió.

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“Seis ilegalidades”

Para Cencosud Shopping S.A. la primera ilegalidad que comete la DOM es que “infringe el debido procedimiento administrativo”, ya que omitió la apertura de un periodo probatorio que le permitiera emitir sus descargos.

Asimismo, “la resolución N° 218 se ha dictado en un procedimiento que se ha dilatado en extremo, sin justificación razonable”. “Esta infracción consiste en la vulneración del artículo 27 de la Ley N° 19.880, que fija un plazo máximo de seis meses de duración a los procedimientos administrativos, plazo que se ha excedido más de siete veces en el caso que nos ocupa”, acotó el mismo documento al que Pulso PM tuvo acceso por medio de una solicitud de Ley de Transparencia.

Según la compañía, una tercera ilegalidad ocurrió debido a la “reiteración del desacato a sentencias firmes de los tribunales superiores de justicia”. En efecto, “la DOM de Vitacura desobedece abiertamente dos sentencias firmes y ejecutoriadas dictadas por la Corte de Apelaciones de Santiago y la Corte Suprema, con la agravante de constituir ya la segunda oportunidad en que se verifica este desacato”.

Una cuarta ilegalidad la constituye el que la “declaración de caducidad abarca el tiempo en que el procedimiento estuvo tramitándose, sin que se hubiera advertido de forma alguna tal extraña circunstancia por parte de la DOM”.

Un quinto vicio de ilegalidad, según Cencosud, se produce debido a que si bien la DOM reconoce el desarrollo de obras, al mismo tiempo le resta valor a dichos trabajos para declarar la caducidad.

Y, por último, la sexta infracción denunciada por la compañía se relaciona a una supuesta “invalidación encubierta”. “Para declarar la caducidad del permiso de mi representada, la Resolución N°218 desconoce el contenido y priva de efectos a dos resoluciones previas de la misma Dirección de Obras (Resolución N° 551/2013 y Ord. N° 106/2014) que reconocen la vigencia del permiso y a la fecha se encuentran completamente vigentes, por haber trascurrido el plazo legal para su invalidación”, concluyó.

La respuesta del municipio

Consultada la directora de Obras de la Municipalidad de Vitacura, Carolina Zúñiga, sobre la presentación de Cencosud respondió: “Justo el día en que vencía el plazo para presentarlo, Cencosud interpuso un reclamo de ilegalidad ante la alcaldesa, en contra de la resolución emitida por la DOM en febrero pasado, la cual constataba la caducidad del permiso otorgado el año 2000″.

“Más allá de la parte técnico administrativa, Cencosud insiste en que el permiso se encuentra vigente, aduciendo, en lo principal, a que esta dirección habría reconocido expresamente su vigencia, amparándose en actuaciones emitidas por esta última en los años 2013 y 2014, cuestión que fuera fundadamente desvirtuada en el exhaustivo proceso de evaluación y ponderación realizado por la DOM -y que concluyó en la resolución que constata la caducidad-, análisis que se llevó a cabo acatando en forma estricta los fallos judiciales existentes”, manifestó Zúñiga.

Y concluyó: “Lo que queda ahora es resolver la discusión en sede administrativa, es decir, la alcaldesa debe acoger -o no- el reclamo de ilegalidad presentado por Cencosud, sin perjuicio de que el tema pueda terminar nuevamente en sede judicial”.

Paulina Beard, presidenta de la Junta de Vecinos A-10 Tabancura explicó que “es importante que el proyecto Alto Las Condes 2 considere el impacto al entorno, considerando la cantidad de vehículos, estacionamientos y la circulación de gente, porque si nos construyen un complejo de edificios sumado a la mayor circulación de personas que tendrá la estación del Metro, eso será un desastre”.

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