DT envió oficio a la Cámara Baja explicando por qué abandonó juicio clave a París
Como un juicio clave que iba a tener efectos para todo el retail, era considerado el caso que abandonó la Dirección del Trabajo (DT) contra la multitienda París por práctica antisindical.
Según el mundo sindical, con la causa se perseguía que la justicia laboral admitiera que si los trabajadores dejan extinguir un contrato colectivo sin presentar uno nuevo, el sindicato tiene derecho a proponer un contrato en la fecha que estime e iniciar una nueva negociación colectiva. “Si la corte acogía los argumentos de las trabajadoras del Mall Plaza Tobalaba, se abría paso una de las más preciadas demandas laborales: negociar colectivamente junto a otros sindicatos de la misma París, pero de otros locales”, decían sindicalistas.
La situación, que fue denunciada por el Centro de Investigación Periodística (Ciper) a inicios de junio, data de hechos del año 2014, cuando el Sindicato N°1 de la multitienda París del Mall Plaza Tobalaba, optó por presentar fuera de plazo su propuesta de contrato colectivo a la empresa.
París, controlada por Cencosud, en su respuesta alegó la extemporaneidad de la presentación, lo cual motivó una objeción de legalidad del sindicato, que fue acogida por la Inspección Cordillera de la DT. El retailer apeló en tribunales a esa resolución.
En paralelo, dado que el proceso de negociación colectiva siguió transcurriendo, el sindicato presentó ante la misma DT una denuncia por reemplazo ilegal de trabajadores en huelga, constatándose conforme antecedentes la infracción denunciada, controversia que luego dio origen al juicio por práctica antisindical contra París.
Sin embargo, tras un dictamen del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago que decretó la extemporaneidad de la presentación del contrato colectivo de parte del sindicato, la Inpección Cordillera de la DT decidió desistir del recurso de nulidad por práctica antisindical en la Corte de Apelaciones de San Miguel, instancia en la que ya se había fijado audiencia para escuchar los argumentos de las partes.
La decisión fue criticada por la Consfecove (Confederación del Comercio y Vestuario), que señaló que la Dirección del Trabajo al no ser un tribunal, debió dejar al tribunal de alzada decidir si había o no un error, más aún si un director regional de la DT ya había dictaminado a favor de los huelguistas.
La denuncia escaló hasta la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, que por acuerdo de sus integrantes decidió oficiar a la Dirección del Trabajo para que explique la razón del porqué desistió el juicio contra París.
RESPUESTA DE LA DT. Hace unas semanas el director nacional del servicio, Christian Melis, respondió al oficio de los diputados, con un informe en el que justificó su desestimiento de la denuncia.
“La actuación de la Dirección del Trabajo por la cual se emite el presente informe, se apegó estrictamente a derecho. El desistimiento del recurso de nulidad señalado por el artículo de Ciper Chile era lo que correspondía hacer en virtud de los fallos previos existentes en este caso”, dice el ordinario N° 3261 firmado por Melis.
El escrito fundamenta que mientras se encontraba pendiente la tramitación, el recurso de nulidad (por práctica antisindical), dada la ejecutoriedad del fallo de 1° de diciembre de 2015 pronunciado por el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, mediante el cual se desestimó la tesis de fondo de la DT, resolviendo la extemporaneidad del proceso de negociación colectiva -determinando que no procedía negociar en el tiempo propuesto por el Sindicato-, “no era sostenible mantener la denuncia por prácticas antisindicales, en tanto, el fallo cuya nulidad se reclamaba había supeditado, entre otras consideraciones, la existencia de dichas prácticas a la presentación oportuna del proyecto de contrato colectivo, lo que no se daba en la especie conforme lo resuelto por el tribunal que conoció el fondo de la controversia (extemporaneidad de la presentación de proyecto contrato colectivo)”.
En ese sentido, precisa que al no existir negociación colectiva reglada, conforme lo declaró el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, no existía tampoco infracción a las normas sobre reemplazo de trabajadores.
La DT también hizo presente las gestiones que realizó el servicio durante la negociación colectiva para generar espacios de diálogo entre las partes.
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