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CMF da marcha atrás en norma que prohibía a bancos dar crédito a sus directores y sociedades aguas abajo

La normativa había sido dictada originalmente a mediados de 2025, bajo la presidencia de Solange Berstein. Ante ello, la banca acudió a la Corte de Apelaciones acusando que el regulador había excedido sus competencias en la reinterpretación de la Ley de Bancos. Ahora, liderada por Catherine Tornel, la entidad regulatoria decidió dejar sin efecto tales modificaciones.

08.05.2026 Catherine Tornel | Presidenta de la CMF Foto Pablo Vásquez R. Pablo Vásquez R.

Finalmente, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) decidió dejar sin efecto las modificaciones normativas que prohibían a la banca entregar créditos a sus directores y sociedades “aguas abajo”.

El viernes por la tarde, el regulador comunicó que “la decisión se adopta luego de una revisión de los antecedentes y de los distintos elementos considerados en la interpretación de dicha disposición legal”.

En junio del 2025 -bajo la presidencia de Solange Berstein- la CMF dictó la Circular N° 2.364, que modificó el Capítulo 12-12 de la Recopilación Actualizada de Normas (RAN), la que prohíbe a los bancos otorgar créditos a sus propios directores o apoderados generales, así como también a sus cónyuges, convivientes, hijos menores y a las sociedades en las que cualquiera de ellos tenga participación directa o indirecta.

Sin embargo, la banca acuso que la modificación era un cambio de criterio, pues desde hace casi cuatro décadas la norma se entendía como una prohibición de otorgar créditos a personas específicas como directores, apoderados generales y algunos familiares cercanos; y a las sociedades en las que estas personas participaban directamente, o sociedades de primer grado, no a las de “aguas abajo”.

Esto llevó a un conjunto de instituciones financieras que incluyó a los bancos BICE, de Chile, Consorcio, BCI, Internacional, Ripley, Santander, Scotiabank, Security, y a la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras de Chile (ABIF), a interponer en julio del 2025 un reclamo de ilegalidad en contra del regulador en la Corte de Apelaciones.

“La CMF excedió sus competencias interpretando la Norma en forma abusiva y contradictoria”, consignó el escrito, agregando que “prohibir el crédito aguas abajo podría afectar derechos constitucionales como la libre iniciativa económica y el derecho de propiedad”.

Según la comunicación de ahora de la CMF -presidida actualmente por Catherine Tornel-, “si bien las modificaciones introducidas respondieron a una interpretación jurídicamente fundada del artículo 84 N°4 de la Ley General de Bancos, la Comisión ha resuelto mantener las disposiciones del Capítulo 12-12 de la RAN actualmente aplicables, considerando que éstas han contado con un adecuado entendimiento y cumplimiento por parte de la industria bancaria, proporcionando un marco regulatorio consolidado para la aplicación de la prohibición legal".

“Esta decisión se enmarca en el proceso permanente de revisión y perfeccionamiento de la normativa que lleva adelante la Comisión, con el objeto de promover un marco regulatorio claro, coherente y consistente con los objetivos prudenciales establecidos en la legislación bancaria”, agregaron desde el regulador, añadió.

Al respecto, ya en junio de este año la CMF había postergado la entrada en vigencia de la normativa para diciembre de 2026, esto “en consideración al costo regulatorio involucrado en la implementación”.

En julio del año pasado la CMF había entregado un año de plazo para que los bancos implementaran la norma, considerando “los posibles cambios y ajustes que esto puede requerir en la operatoria de la industria bancaria”.

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