Codelco se anota triunfo en la justicia ambiental: tribunal rechaza reclamación contra la SMA por Ventanas

Protesta de trabajadores de Codelco por Ventanas

Segundo Tribunal Ambiental, con sede en Santiago, concluyó que la aprobación de la superintendencia al plan de cumplimiento de la fundición y refinería, que opera en la zona de Quintero-Puchuncaví, fue totalmente legal.


El Segundo Tribunal Ambiental de Santiago respaldó el actuar de la Superintendencia del Medio Ambiente y declaró plenamente legal la aprobación que diera la SMA al plan de cumplimiento de la división Ventanas, de Codelco. Esto, en medio de la polémica por la contaminación en la zona de Quintero-Puchuncaví que detonó en 2018 luego que habitantes de la zona presentaran serios problemas de salud.

En un fallo dado a conocer este miércoles, el juzgado medioambiental rechazó una reclamación interpuesta por el vecino y dirigente ambiental de Quintero, Andrés León Cabrera, en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por la aprobación del programa de cumplimiento de Codelco Ventanas.

“Se resuelve rechazar la reclamación deducida por el Sr. Andrés León Cabrera, en contra de la Resolución Exenta No 27/Rol D-018-2016, de 28 de noviembre de 2018, de la Superintendencia del Medio Ambiente, en virtud de la cual se aprobó el programa de cumplimiento presentado por Codelco”, dice la sentencia.

El programa de cumplimiento (PdC) presentado por Codelco Ventanas fue modificado a consecuencia de una sentencia de 2017 del propio Tribunal Ambiental, que acogió una reclamación del Sr. León Cabrera en contra del primer programa de cumplimiento aprobado por la SMA. Dicha sentencia dejó sin efecto el citado programa y ordenó su modificación.

Fue esa versión del PdC la que fue cuestionada nuevamente por León Cabrera, quien reclamó que este no presentaba modificaciones respecto de aquel que fuera rechazado previamente. Además, acusó que este no cumplía con los requisitos legales y reglamentarios para ser aprobado, “sobre todo, porque Codelco no habría descartado correctamente los efectos asociados a sus incumplimientos”, señala el fallo.

“Lo relevante es que el PdC presentado y la resolución que lo aprueba den cuenta fundadamente por qué la mayor parte de los incumplimientos contenidos en la formulación de cargos no generaron efectos negativos de los cuales Codelco debía hacerse cargo, lo que a juicio de estos sentenciadores efectivamente se cumple en esta ocasión, motivo por el cual se rechaza la alegación de la reclamante a este respecto”, detalla la sentencia. La sala estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano, presidente, Alejandro Ruiz y Felipe Sabando, quien además ofició como redactor.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.