Defensor de contribuyentes en disputa por seguros con ahorro: no hay que declarar rescates

Abogado Andres Tavolari.Foto Reinaldo Ubilla
Abogado Andres Tavolari. Foto Reinaldo Ubilla

El abogado Andrés Tavolari, quien defiende a personas naturales en la disputa que hay en tribunales, cree que el SII se equivocó al decir lo contrario.


El director del Servicio de Impuestos Internos (SII), Fernando Barraza, se equivocó al afirmar que los contribuyentes deben declarar los rescates de seguros de vida con ahorro en la Operación Renta 2019.

Eso es lo que sostiene Andrés Tavolari del estudio Tavolari Abogados, quien defiende a cinco personas naturales en la misma causa donde las compañías de seguros están liderando una batalla judicial contra el SII por la tributación en los rescates de estos instrumentos.

Lo anterior, explica, porque producto de la orden de no innovar que presentaron las aseguradoras en tribunales y que fue acogida por la Corte de Apelaciones, las compañías por ahora no deberán reportar al Servicio la rentabilidad obtenida por las personas que hicieron rescates en 2018. Es más, la misma orden "suspende cualquier trabajo de las compañías de seguros por determinar estas rentabilidades". Entonces, "si esas personas no saben y no pueden saber qué rentabilidad obtuvieron, no pueden declararlo como impuesto a la renta", argumenta.

En segundo lugar, Tavolari dice que "el SII en el informe que presentó a la Corte fue muy claro cuando dijo que las normas del suplemento tributario se aplican a los fiscalizados del SII, y no a los contribuyentes".

Además, el abogado comenta que las personas naturales tienen que aplicar la norma que está vigente, donde el artículo 17, Nº 8 de la Ley de Impuesto a la Renta, "dice que las sumas que perciban con ocasión de los seguros de vida están exentas de impuesto a la renta".

Por otro lado, Tavolari evalúa que el hecho de que el gobierno haya incluido este mismo tema en la reforma tributaria que se está discutiendo, les da la razón. "Lo que nos están diciendo es que tenemos razón, que esto se regula por ley y no por suplemento tributario, tal cual lo hicimos presente en los recursos de protección", destaca.

En total son tres frentes los que tiene la causa. Por un lado, están las aseguradoras que presentaron inicialmente el recurso de protección: Security, Confuturo, Sura, y Chilena Consolidada, quienes son defendidas por el abogado Raúl Tavolari.

El segundo frente lo lidera el abogado Alex van Weezel de la Cruz, con las compañías de seguros que más tarde se hicieron parte de la causa: Consorcio, Principal, Metlife, Bice, y Ohio National.

El tercer frente lo lleva el abogado Andrés Tavolari, quien representa a un grupo de personas naturales, pero el resultado regirá para todos aquellos que tengan contratados estos seguros, que al cierre del año pasado eran cerca de 272.000 asegurados. Asimismo, el abogado aprovecha de aclarar que éste es un instrumento de protección familiar que es contratado, por regla general, por personas de clase media, y que pagan primas mensuales cercanas a 6,2 UF ($171.107).

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