TDLC condena a empresa de helicópteros por colusión en licitaciones para combate de incendios forestales

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El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia sancionó a las firmas y a sus principales ejecutivos a multas a beneficio fiscal que superan los $5.300 millones.


El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) acogió el requerimiento presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en marzo del 2020 contra las empresas Pegasus South America Servicios Integrales de Aviación SpA (Faasa o Pegasus) e Inaer Helicopter Chile S.A. (Inaer) por celebrar y ejecutar un acuerdo para afectar el resultado de procesos de licitación públicos y privados realizados entre 2006 y 2013 para el combate y extinción de incendios forestales mediante helicópteros.

En la sentencia dictada el lunes, el TDLC condenó a las empresas y a sus principales ejecutivos a multas a beneficio fiscal que superan los $5.300 millones, de los cuales, más de $3.330 millones deberá pagarlos Pegasus y $1.971 millones, Inaer.

Además, los ejecutivos Ricardo Pacheco Campusano, vinculado a Pegasus, y Rodrigo Lizasoaín Videla, vinculado a Inaer, tendrán que pagar $45 millones cada uno, debido a que “su participación permitió lograr la coordinación necesaria entre Faasa e Inaer para alcanzar el acuerdo Ilícito”, señala la sentencia, calificándolos, además, como “sus principales artífices”.

El TDLC declaró también la responsabilidad solidaria de Lizasoain con Inaer, debido a su calidad de administrador de la empresa durante todo el período imputado y su participación en la realización de la conducta.

Responsabilidad solidaria

Para fijar la multa, el TDLC consideró que el acuerdo colusorio “incidió en un mercado sensible, toda vez que este servicio juega un rol clave para proteger la vida de personas y para el cuidado medioambiental y la preservación del patrimonio forestal en nuestro país”.

El Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg, señaló que “esta sentencia, además de condenar a los responsables de una colusión que fue muy dañina para el país, ratifica que ni las empresas ni los ejecutivos involucrados en un cartel tienen impunidad en Chile, y establece, por primera vez, que los administradores de una sociedad condenada por colusión que hayan participado en la conducta deben responder solidariamente por la multa impuesta a la empresa, garantizando así su pago”.

El Fiscal dijo también que la FNE continúa monitoreando mercados sensibles y recordó que entre los afectados con este acuerdo colusorio se encuentra la Corporación Nacional Forestal (Conaf).

La investigación que dio origen al requerimiento que culminó con esta sentencia comenzó en septiembre del 2017, como una arista del proceso que dio origen al requerimiento presentado en julio del 2018 por colusión en el mercado de combate y extinción de incendios forestales, mediante aviones cisterna durante las temporadas comprendidas entre los años 2009 y 2015.

Respecto de este último proceso, recientemente a fines de julio se conoció la confirmación de la Corte Suprema de la decisión condenatoria dictada por el TDLC en contra de las empresas Martínez Ridao Chile y Faasa, también involucrada en el acuerdo colusorio sancionado en dicho mercado.

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