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Tras boom inmobiliario, expertos prevén más pagos adicionales en contribuciones

La Reforma Tributaria trajo diversas consecuencias consigo, y una de ellas son los movimientos que se produjeron en el sector inmobiliario a raíz del nuevo IVA a la construcción.

Este nuevo impuesto que se aplicará a partir del próximo año a las viviendas nuevas tuvo un extenso debate, y con la simplificación a la Reforma, quedó claro que los proyectos que hayan solicitado los permisos de construcción a la municipalidad antes del 31 de diciembre de 2015, y presenten la recepción final de los proyectos antes del 31 de diciembre de este año, no se les aplicará el famoso IVA a la construcción.

Por lo mismo, fueron muchas las personas que aprovecharon esta oportunidad para comprar viviendas, como también muchas de las empresas constructoras que aprovecharon para iniciar los proyectos.

Pero hay algunos puntos pendientes. Todos los años el Servicio de Impuestos Internos (SII) realiza en junio y diciembre lo que se conoce como cuotas suplementarias de contribuciones, que según la página de Tesorería, “corresponden al monto generado al aumentar el valor de las Contribuciones, por efecto de una Retasación Fiscal de la propiedad, realizada por el Servicio de Impuestos Internos”.

Estas cuotas pueden tener una retroactividad de hasta tres años, vale decir que durante la cuota de contribución de diciembre, si el SII evidenció un cambio en el avalúo fiscal de la propiedad, por lo general por cambio de uso de suelo, y no fue inscrito en el SII, el organismo va a cobrar las contribuciones que corresponden al nuevo avalúo de hasta tres años, de una sola vez.

Esto, según expertos, puede significar un desbalance en los presupuestos de las inmobiliarias.

Cristóbal González, del estudio de abogados Guzmán & González, explicó que “puede ser grave, cuando son paños grandes, las construcciones han subido harto, entonces puede afectar un presupuesto de manera importante, porque las inmobiliarias mientras no escrituren, no tienen flujo, entonces necesitan escriturar para recuperar los flujos de los créditos hipotecarios de las propiedades que vendieron”.

El boom de la compra de viviendas podría influir en un aumento de casos, porque hubo una mayor cantidad de proyectos inmobiliarios, según González.

El experto señala que estas cuotas suplementarias se pueden dar por diferentes motivos. El tradicional es por el cambio de uso de suelo, al pasar de agrícola a urbano, o a comercial, aunque también puede pasar “cuando hay fusiones y subdivisiones y se demora en actualizar el catastro del SII, por lo que sigue cobrando por el escenario anterior, luego se da cuenta y cobra por el paño completo”.

También explica que “donde se da mucho es cuando uno compra un departamento, generalmente las contribuciones las siguen pagando por el terreno y después cuando los propietarios compran les llega una cuota suplementaria porque se empiezan a cobrar contribuciones por el departamento mismo, y ahí se da mucho que hay un doble cobro, tanto a la inmobiliaria como al propietario”.

Sin embargo, esto se puede apelar. Nicolás Herrera, de BDO Tax & Legal, explica que “el SII siempre da la posibilidad de solicitar verificación de la tasación de avalúo, es una opción que todos los contribuyentes tenemos”. En ese caso, se puede pelear el precio de las cuotas suplementarias. Guzmán en tanto señala que han tenido casos donde han podido recuperar hasta $300 millones pagados por cuotas suplementarias y sobrecuotas.

Pero hay excepciones en el cambio de uso de suelo. Herrera explica que “cuando es a nivel de instrumento de planificación territorial, la ley es súper especifica en señalar que todos aquellos terrenos que pasaron de uso agrícola a uso urbano si están emplazados en zonas de reserva urbana o de extensión territorial, debiesen continuar con su avalúo fiscal considerado como agrícola, pero sólo en esos casos”, hasta que el terreno oficialmente pase a ser considerado como urbano.

Ante todo esto, los expertos llaman a considerar los escenarios ante las eventuales llegadas de estas cuotas suplementarias.

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