Libertad condicional
SEÑOR DIRECTOR:
La desaparición y asesinato en 2020 de Ámbar Cornejo, una niña de 16 años, no dejó a nadie indiferente. El hecho de que su asesino, Hugo Bustamante, se encontrara con el beneficio de libertad condicional indignó a todo el país. Y es que “el asesino del tambor” había sido condenado en 2005 a 27 años de cárcel por un doble homicidio, pero obtuvo la libertad condicional en 2016 pese a contar con un informe negativo de Gendarmería.
En ese momento, fue tanta la indignación pública que se presentó una acusación constitucional contra la ministra de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Silvana Donoso (que fue rechazada) por haber presidido la comisión de libertad condicional que otorgó dicho beneficio. Además, se modificó la normativa para exigir que en delitos graves la persona haya cumplido dos tercios de la pena, en lugar de la mitad y darle un carácter de “antecedente calificado” al informe de Gendarmería, sea lo que sea que eso signifique.
Cinco años después del asesinato de Ámbar y toda esta discusión, nos enteramos de la obtención de la libertad condicional de Mauricio Ortega, condenado, aun increíblemente, por lesiones en vez de femicidio frustrado. En 2016 golpeó brutalmente a Nabila Rifo, le sacó los ojos y abandonó a su suerte en la madrugada de Coyhaique. Nuevamente, tras cumplir la mitad de su condena (9 de 18 años), su “buena conducta” y un informe negativo de Gendarmería.
La pregunta que queda es: ¿Esta vez vamos a proteger a las mujeres, y en especial a la víctima de Ortega, o nos vamos a indignar -fuertemente- cuando sea demasiado tarde?
Danitza Pérez
Académica Fac. de Derecho UDP
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