En cuatro años, 130 menores de edad han abortado por la causal de violación

Desde 2018, cuando entró en plena vigencia la ley que reguló esta materia, se han interrumpido 2.313 gestaciones en los centros de salud por riesgo materno, inviabilidad fetal o agresión sexual. Del grupo, 155 son adolescentes y 80 tienen menos de 14 años.


Desde 2018, cuando entró en plena vigencia la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), se han practicado 2.313 abortos en el país por alguna de las tres causales: riesgo materno, inviabilidad fetal y violación.

Así lo detalla el Departamento de Estadísticas e Información de Salud, que consigna que en el período hubo 2.774 embarazos que se enmarcaron en los requisitos y que en el 83% de los casos las mujeres decidieron interrumpir la gestación.

De acuerdo al registro, la causa de aborto más frecuente ha sido la inviabilidad fetal (1.135), seguida del riesgo materno (713), ubicándose en último lugar la violación (465). Todos se concretaron dentro de la red de 70 establecimientos facultados para estos procedimientos en el país.

La Ley Nº 21.030 estipula que para interrumpir un embarazo “la mujer deberá manifestar en forma expresa, previa y por escrito su voluntad”. También especifica un protocolo especial para las menores de edad que se encuentren en las situaciones descritas y elijan someterse al procedimiento.

En el caso de las menores de 14 años, además de la expresión de voluntad, la norma exige la autorización de un representante legal para realizar el aborto. Si le niegan el permiso, la adolescente, asistida por un integrante del equipo de salud, podrá solicitar la intervención del juez para que constate la ocurrencia de la causal. El tribunal debe resolver su solicitud de interrupción en un plazo máximo de 48 horas.

En ese contexto, durante los últimos cuatro años un total de 155 niñas y jóvenes abortaron antes de alcanzar la mayoría de edad. De ellas, 130 por la causal de violación (ver infografía).

Diana Aurenque, directora del departamento de Filosofía de la Usach, enfatiza que en estos casos hay que considerar varios factores: “Se debe tener la completa convicción de que se cuenta con el consentimiento de la menor y no que (el aborto) ocurra por obligación de terceros, sea la familia, médicos o amigos. Lo mismo en caso de que la menor desee no abortar. Lo fundamental es siempre eso: detectar que la menor entiende lo que le ocurrió, que esté recibiendo suficiente acompañamiento psicoemocional y apoyo de su familia, y constatar que ha ponderado las opciones y ha tomado la decisión de forma racional. Sin duda, deben estar acompañadas de un asesoramiento plural, no solo médico o religioso, sino también de la sociedad civil, de organismos de mujeres, entre otros”.

Menores de 14 años

La Ley IVE debutó en el país con inmediato impacto en las menores de edad. El 26 de septiembre de 2017, solo tres días después de que la norma se publicara en el Diario Oficial, la fiscalía recibió la primera denuncia vinculada a la legislación.

Se trataba de una niña menor de 13 años, de Chiloé, aquejada por molestias estomacales. La serie de exámenes que se le practicaron, sin embargo, dejaron al descubierto un embarazo producto de una violación.

En su región no hubo disponible personal para realizar el aborto, pues los profesionales adujeron falta de instrumental y objeción de conciencia. También dudas de procedimiento: el reglamento de la ley aún no se había aprobado y muchos temieron implicancias legales.

La niña fue trasladada a la capital. Todo contra el tiempo, pues se habían acreditado 11 semanas de gestación y la ley fija un límite de 14 semanas para las niñas menores de 14 años. Finalmente, la interrupción se concretó, la menor recibió el alta y volvió a su hogar.

A cuatro años de este primer caso, las estadísticas del Ministerio de Salud muestran que se han practicado 80 abortos a menores de 14 años.

Adela Montero, directora del Centro de Medicina Reproductiva y Desarrollo Integral del Adolescente, Cemera, de la Facultad de Medicina de la U. de Chile, señala que “esto hay que ponerlo en el contexto no de la interrupción del embarazo, sino del embarazo por violación. Estas niñas son víctimas, y qué bueno que al menos tengan la posibilidad de acceder a la interrupción del embarazo, porque hay que entender lo que implica para la vida de las mujeres el gestar un embarazo que ocurre como consecuencia de violencia”.

Montero, además, agrega que la ocurrencia de estos delitos y el posterior embarazo afectan y dejan graves secuelas en las mujeres, particularmente en las menores de edad, afectando distintos ámbitos de su desarrollo físico, síquico y emocional. Por eso, insiste, es necesario implementar a nivel social medidas que eviten que las violaciones se consumen.

“El embarazo por violación es una consecuencia grave de la violencia sexual que afecta a la mujer en su integridad física, social, sexual y existencial. Deben generarse políticas para prevenir y pesquisar precoz y eficazmente la violencia sexual, implementando acciones de acompañamiento y reparación eficaces a las víctimas sobrevivientes”.

El acompañamiento

La ley, además de regular la interrupción del embarazo, incluye una norma técnica para garantizar un acompañamiento durante el proceso. Verónica Truco, psiquiatra del Hospital San Juan de Dios, explica que este incluye 10 sesiones psicológicas, cuatro con una trabajadora social y atención psiquiátrica de ser necesaria.

Pero lo primero, dice Truco, es una acogida, “que tiene que ser empática con todas las condiciones de una mujer o una menor. Además, hay que entregar información clara, acercándonos lo más que se pueda a la paciente, asegurándonos de que ella sepa que tiene varios caminos y no está sola en la decisión”, detalla. En el caso de las menores de edad, esta asesoría incluye aspectos legales.

De 2.774 gestantes que optaron por interrumpir el embarazo, 2.313 recibieron acompañamiento. Y entre las menores de edad, el 81% de quienes abortaron por la causa de violación tomaron este programa.

Para el académico de Salud Pública de la Usach Claudio Castillo, esta etapa es esencial, pues la agresión tiene un alto impacto en la vida de las jóvenes. “Por eso la ley contempla un acompañamiento integral para abordar las consecuencias emocionales producto de violación o violencia sexual cometida contra las mujeres y las adolescentes. La ley también recoge, desde la perspectiva de los derechos, un acompañamiento que los equipos de salud entregan para que la decisión que tome una mujer, adolescente o una niña -en compañía de un adulto responsable- sea la que mejor la representa y la que le dé más seguridad”, sostiene. b

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