Jadue busca blindar su candidatura a diputado y ficha a Ciro Colombara, el mismo abogado que salvó a ME-O
El exalcalde de Recoleta presentó este lunes a su abogado en la reclamación ante el Segundo Tribunal Electoral de la Región Metropolitana. El profesional es quien exitosamente evitó que Marco Enríquez-Ominami fuera excluido del padrón electoral en 2021. El proceso en la justicia electoral es paralelo a la aceptación de su candidatura, la cual ya fue visada por el Servel.
A las 10:38 de la mañana de este lunes, el abogado Ciro Colombara estampó su firma electrónica en un escrito que ingresó, junto a su socio Aldo Díaz, al Segundo Tribunal Electoral (TER) de la Región Metropolitana.
En el documento se constata que el exalcalde Daniel Jadue confería patrocinio y poder a Colombara y Díaz para que lo representen en la causa iniciada en ese tribunal.
La pugna en la justicia electoral se inició la semana pasada, cuando RN -a través del abogado Marcelo Brunet- anunció que presentaría un reclamo para sacarlo del padrón electoral debido a que el exjefe comunal tiene calidad de acusado a delitos que merecen pena aflictiva.
Debido a su calidad procesal en el caso Farmacias Populares -causa que Jadue enfrenta en el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago desde 2021- el exalcalde arriesga quedar fuera de la carrera parlamentaria. Esto debido a que la Constitución establece que el derecho a sufragio se pierde cuando una persona está acusada por delito que merece pena aflictiva.
Esto es relevante para Jadue ya que quiere competir como diputado por el distrito 9 y uno de los requisitos para ser parlamentario es tener derecho a sufragio.
En el caso del militante del PC, está acusado desde inicios de agosto. La Fiscalía ya cerró la investigación y dejó ingresada la acusación, en la que se piden penas que suman más de 18 años de cárcel. Además, justo la semana pasada, se llevó adelante una nueva audiencia en la cual la jueza Paulina Moya confirmó la presentación de la acusación.
“El tribunal procedió a entender por presentada la acusación del Ministerio Público y a fijar audiencia de preparación de juicio oral”, aseguró la jueza Moya en la audiencia.
Ese fue el hito clave que hizo que RN anunciara su ofensiva contra Jadue en el Segundo TER Metropolitano. De hecho, ese mismo día el querellante que representa al exconcejal UDI Mauricio Smok, el abogado Christian Espejo, pidió al Tercer Juzgado de Garantía que oficiara al Servel de esta situación.
Esto con el objetivo de que el Servel rechace su declaración de candidatura. Un proceso que tenía como fecha límite el domingo 31 de agosto y cuyas notificaciones están siendo despachadas durante este lunes a los distintos candidatos y partidos. Sin embargo, la arremetida de Espejo no tuvo éxito porque el Servel finalmente le dio luz verde a su candidatura.
Además, el 29 de agosto, el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago ofició al Segundo TER Metropolitano dando cuenta detallada del estado de la causa. “El imputado se encuentra actualmente acusado en calidad de autor de los delitos de fraude al fisco (reiterado y consumado), estafa, cohecho y delito concursal. Permanece bajo las medidas cautelares de arresto domiciliario total, firma quincenal, prohibición de acercamiento a la Municipalidad de Recoleta y arraigo nacional, encontrándose la causa en etapa intermedia, con audiencia de preparación de juicio oral programada para la fecha ya señalada”, se lee en el oficio firmado por la magistrada Patricia Martínez.
El estreno de Colombara y Díaz en la defensa de Jadue fue breve. En la audiencia que se extendió por sólo 30 min -donde tanto ellos como el otrora jefe comunal asistieron telemáticamente- hicieron hincapié en que una determinación administrativa de la Fiscalía, como lo es acusar, no puede afectar los derechos de su cliente.
Desde la otra vereda, en tanto, Brunet recalcó que “el señor Jadue incurre en la inhabilidad del artículo 16 número 2 de la Constitución. Está acusado, por lo que solo corresponde que si el tribunal constata que el Juzgado de Garantía certificó aquello, declare la inhabilidad”.
Hasta el cierre de esta edición, el TER no había emitido pronunciamiento. Cualquiera sea el caso, la decisión final la tendrá el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel).
El salvador de ME-O
Que Jadue haya fichado a Colombara no es una sorpresa. El abogado fue protagonista de un caso importante que podría facilitar las cosas para el exlacalde de Recoleta: la reclamación en la justicia electoral que enfrentó Marco Enríquez-Ominami (ME-O) en 2021.
El exdiputado estuvo acusado de delitos tributarios y fraude de subvenciones en el denominado caso OAS. Esa fue la razón por la cual, en un primer momento, ME-O estuvo excluido del padrón luego de que un ciudadano pidiera su exclusión y el Primer TER Metropolitano le diera la razón. Sin embargo, luego ME-O, a través de Colombara, apeló al Tricel y consiguió revertir la medida, despejando así su camino para ser candidato presidencial en 2021.
Sin embargo el caso de ME-O de 2021 difiere del de Jadue. En la causa del excandidato del PRO fue clave el hecho de que había sido absuelto en el juicio por el caso OAS. En el fallo unánime de septiembre de 2021 -de los exministros del Tricel Rosa Egnem, Juan Eduardo Fuentes, Ricardo Blanco, Jorge Dahm y Jaime Gazmuri- se interpretó que la suspensión de los derechos políticos de ME-O se podían asemejar a las medidas cautelares que tiene un acusado.
Sin embargo, al ser absuelto, el tribunal penal ordenó que se levantaran todas las cautelares de ME-O. Esa fue la razón por la cual el Tricel falló que “corresponde que se ponga término también a la suspensión de otros derechos de menor entidad, tales como el derecho a sufragio, que derivan de la sustanciación de un proceso penal”.
De esa manera la jurisprudencia del caso ME-O estableció que la sola dictación de una sentencia absolutoria hace caer la hipótesis de suspensión del derecho a sufragio. En el caso de Jadue, su juicio oral aún no comienza.
“Una persona puede ser candidata a un cargo de elección popular y también puede ejercer el derecho a sufragio, en la medida que no haya sido condenada. En Chile, y en el mundo, las personas se presumen inocentes mientras no exista una sentencia condenatoria”, afirmó Colombara quien en la audiencia de hoy expuso la jurisprudencia del caso ME-O tanto del Tricel como del Tribunal Constitucional (TC).
"No basta una acusación por parte del Ministerio Público para privar a una persona de su derecho a voto. La acusación es un acto unilateral y administrativo, y mientras no exista una revisión por parte de un tribunal, los ciudadanos no pierden sus derechos políticos y la presunción de inocencia se mantiene. Actuar de otro modo, evidentemente, sería una infracción a los derechos fundamentales", agregó el abogado.
Lo último
Lo más leído
2.
3.
4.
6.
Este septiembre disfruta de los descuentos de la Ruta del Vino, a un precio especial los 3 primeros meses.
Plan digital + LT Beneficios$3.990/mes SUSCRÍBETE