Proyecto de ley permitirá a colegios expulsar o cancelar matrícula a estudiantes que cometan hechos graves de violencia

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Toma del Instituto Nacional, ocurrida el pasado 26 de junio.

El proyecto considera tres causales para la expulsión o cancelación de la matrícula del alumno. Tras notificar la decisión al estudiante afectado y a sus apoderados, éstos podrán pedir la reconsideración de la medida dentro un plazo de cinco días.


Esta mañana, la ministra de Educación, Marcela Cubillos dio a conocer la decisión del gobierno de enviar al Congreso un Proyecto de Ley que permita a los directores de establecimientos de Educación contar con herramientas más eficaces al momento de enfrentar hechos de violencia grave como los que se han conocido en el último tiempo.

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"Nuestra primera preocupación es la seguridad de toda la comunidad educativa. No queremos seguir viendo a profesores amenazados y agredidos, a alumnos y apoderados viviendo con temor", señaló la ministra Cubillos.

Karla Rubilar, Intendenta de la Región Metropolitana, reiteró la idea, indicando que esperaban el apoyo del Congreso para tramitar a la brevedad el proyecto,  debido a los altos niveles de violencia que han ocurrido. "Lo que hemos visto en los últimos meses son actos de violencia extrema, no hay justificación. Esperamos que este discurso sea el que represente con fuerza a todo y cada uno de los chilenos".

Por su parte el alcalde de Santiago, Felipe Alessandri, indicó que "no tenía problemas" en ejercer la autoridad, pero que se necesitaban herramientas legales que lo permitieran. "Los manuales de convivencia están absolutamente superados, no están hechos para la violencia y para actos vandálicos que estamos viviendo hoy en día. Por eso, creemos que este proyecto de ley apunta hacia la dirección correcta, ya que protege a nuestros directores y profesores ante actos de violencia extrema", expresó.

El Proyecto de Ley que el Gobierno ingresará la próxima semana a tramitación busca modificar el DFL N° 2 de 1998 del Ministerio de Educación que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº 2, de 1996, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales.

La modificación permitirá que ante hechos graves de violencia descritos en el proyecto, el Director del establecimiento podrá tomar la decisión de expulsión o cancelación de la matrícula. Esta decisión deberá ser notificada por escrito al estudiante afectado y sus padres o apoderados, según corresponda.

Estos podrán pedir la reconsideración de la medida dentro del plazo de cinco días contados desde la respectiva notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores, el que deberá pronunciarse por escrito. Sin embargo, la interposición de la referida reconsideración no suspenderá los efectos de la expulsión y/o cancelación de la matrícula.

Corresponderá al Ministerio de Educación por su parte velar por la reubicación del estudiante afectado.

Desde el Mineduc explicaron que el proyecto busca así armonizar tres derechos fundamentales: derecho a la integridad física y psíquica de los miembros de la comunidad educativa, derecho al debido proceso y derecho a la educación del estudiante sancionado.

El procedimiento de expulsión o cancelación de matrícula descrito se aplicará a los alumnos que en un establecimiento educacional hubieren incurrido en alguna de las siguientes causales:

  • Uso, posesión, tenencia y almacenaje de armas u otros elementos destinados a causar daño al establecimiento o a los miembros de la comunidad educativa.
  • Envío, activación, lanzamiento o detonación de bombas o artefactos explosivos.
  • Agresiones físicas graves que produzcan lesiones a cualquier miembro de la comunidad educativa, especialmente aquellas realizadas a docentes, asistentes de la educación y manipuladoras de alimentos.

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