Tribunal fija prisión preventiva para Ignacio Palma Weinfeld por atropellar y dar muerte a Paz Ramírez
El Ministerio Público formalizó al imputado por conducción bajo la influencia del alcohol con resultado de muerte e incumplir la norma de detener la marcha, prestar auxilio y dar aviso a la autoridad.
El 8° Juzgado de Garantía de Santiago fijó la medida cautelar de prisión preventiva para Ignacio Palma Weinfeld.
El sujeto, chileno de 53 años, fue detenido este miércoles en Santiago, en el marco de la investigación por el fatal atropello de la realizadora audiovisual Paz Ramírez Larrín, hermana de las actrices María José y Ángela Prieto Larraín.
La directora ejecutiva de la productora Alga Estudio, productora, directora y guionista, de 39 años, fue atropellada cerca de las 17.00 horas de este 23 de agosto en la intersección de Andrés Bello con Manuel Montt, en Providencia, por un automóvil sedán gris marca MG.
Horas más tarde se produciría su deceso en una clínica de la zona.
Ignacio Palma Weinfeld, que conducía el vehículo, no se detuvo y se dio a la fuga sin prestar auxilio a la víctima.
Al ser detenido, habría afirmado que, en ese momento, pensó que había atropellado a una mascota.
En la audiencia de formalización de este viernes se conoció que el sujeto había estado bebiendo en un almuerzo en el Estadio Español.
Registros de cámaras de seguridad del lugar lo captaron consumiendo sangría en el comedor.
El análisis de esas imágenes apunta a que habría bebido seis copas.
Este jueves, la Fiscalía de Ñuñoa-Providencia solicitó ampliar el plazo de su detención, lo que fue acogido por el tribunal, a la espera de mayores antecedentes.
Este viernes, el Ministerio Público formalizó al imputado por conducción bajo la influencia del alcohol con resultado de muerte e incumplir la norma de detener la marcha, prestar auxilio y dar aviso a la autoridad.
La Fiscalía solicitó al tribunal la medida cautelar de prisión preventiva del imputado estimando que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
Al resolver, en favor de las pretensiones del Ministerio Público, el tribunal hizo hincapié en la gravedad de la conducta del imputado, al conducir bajo la influencia del alcohol y no detenerse.
El sujeto supo del accidente por los medios y aun así se tuvo que pedir una orden de detención.
Atendida la gravedad de la pena a la que se expone, la peligrosidad de la conducta del imputado y el resultado de muerte de su acción, se fijó su prisión preventiva.
La fiscal jefa de Ñuñoa-Providencia, Rossana Folli, indicó que la velocidad en la que conducía el sujeto también es un factor a considerar, por el tiempo “muy corto” en el que se desplazó desde Las Condes a Santiago, esa jornada.
La persecutora precisó que la SIAT de Carabineros debe realizar un trabajo científico-técnico que requiere más antecedentes “para establecer fehacientemente la velocidad en la que se desplazaba el imputado”.
“El tema respecto de la ingesta de alcohol es algo que se encuentra acreditado al día de hoy en los antecedentes que contamos por parte del Ministerio Público respecto del imputado que horas antes o momentos antes de la ocurrencia del delito se encontraba al interior de un establecimiento almorzando junto a su familia, lugar en donde consumió alcohol”, explicó la fiscal.
En 1996, el sujeto fue condenado como autor de un delito de manejo en estado de ebriedad y registra diferentes infracciones en su hoja de vida de conductor desde 1991 hasta 2015.
Lo último
Lo más leído
1.
2.
3.
4.
La mayoría no entiende el debate por el impuesto a las empresas. El resto lee La Tercera.
Plan Digital+$6.990 al mes, por los 3 primeros meses SUSCRÍBETE