Histórico

El primero de julio comienza a operar el Reglamento del Sistema de Pensiones Solidarias

El reglamento fue realizado en conjunto por los ministerios de Trabajo y Hacienda sobre el Sistema de Pensiones Solidarias (SPS), siendo publicado hoy viernes en el diario Oficial.<br />

Tan sólo un mes falta para que empiece a funcionar el Reglamento del Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) que beneficiará principalmente a los adultos mayores que, por diversas razones, no lograron ahorrar lo suficiente para financiar una pensión digna.

De acuerdo a la nueva ley, quienes no tienen ahorros previsionales e integran el 40% más pobre de la población, accederán gradualmente a una Pensión Básica Solidaria (PBS) de $ 60.000 mensuales, a partir del próximo mes. Desde de julio de 2009, accederá a este beneficio el 45% más pobre de la población y la pensión se incrementará a $ 75.000 mensuales.

Para quienes hayan cotizado en algún sistema previsional, pero de manera insuficiente, el Estado entregará un complemento para incrementar la pensión, denominado Aporte Previsional Solidario (APS).

Este reglamento publicado hoy regula la tramitación, concesión, pago y notificación de los beneficios. Específicamente establece los umbrales de focalización para los dos primeros años de vigencia de la Ley: entre el 1 de julio de 2008 y el 30 de junio de 2009, los beneficiarios del SPS deberán tener un puntaje igual o inferior a 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social, y entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010, el puntaje deberá ser igual o inferior a 12.185 puntos.

Por otra parte, establece como fecha de devengamiento de los beneficios el primer día del mes en que se haya presentado la respectiva solicitud o desde la fecha de cumplimiento de las edades requeridas para acceder al correspondiente beneficio, según cuál sea posterior.

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